Las legisladoras Patricia Mendoza (UNES), presidenta de la comisión; Mireya Pazmiño (PK-R), Elina Narváez (PSC) y Amparo Guanoluisa (ID) votaron a favor y María José Plaza (CREO) en contra.
“El informe aprobado expone con claridad la responsabilidad única y política de la Segunda Vicepresidenta. Le corresponde al Pleno tomar la última decisión”, indicó Mendoza.
Por su parte, Plaza manifestó que encontró varias irregularidades en el informe y falta de motivación.
“La aplicación de la Ley jamás debe estar sometida a sesgo ideológico, partidista o intereses personales o colectivos, durante 27 días el país ha sido testigo del accionar de cada una de nosotras. Luego de haber leído el informe he detectado numerosas inconsistencias y sobretodo una falta de motivación”, manifestó y subrayó que todo lo que la comisión determine podrá ser juzgado luego.
Ahora el informe pasará al Pleno y se notificarán a los 136 asambleístas y al presidente del Legislativo, Virgilio Saquicela.
La comisión aprobó todas las ocho pruebas de cargo presentadas por Urresta y en el caso de las pruebas de Guamaní, admitió 19 e inadmitió 6.
El informe concluyó que los actos de los que se acusa a Guamaní se enmarcan en el incumplimiento de los artículos 14.2 y 56 de la ley orgánica de la Función Legislativa y por lo tanto en aplicación del numeral cuatro del artículo 18 de la misma ley debe ser destituida de su cargo.
Urresta fundamentó su denuncia en que Guamaní, el 28 de enero de 2022, presentó una moción ante el CAL para que se remita el proyecto para derogar la ley orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, presentado por Viviana Veloz (UNES), a la Corte Constitucional, para que establezca el alcance de inciso final del artículo 140 de la Constitución referente a la facultad de derogar una ley económica que entró en vigencia por el ministerio de la ley.
Con ello, según la denunciante, la segunda vicepresidenta interfirió con el fiel cumplimiento de una función del CAL, pues el procedimiento de consulta a la Corte Constitucional sobre la calificación de un proyecto de ley no se encuentra reglado en la ley orgánica de la Función Legislativa. Además, sostiene que con ese planteamiento el Consejo Administrativo se demoró 87 días en la calificación del proyecto.
Según Urresta, Guamaní incumplió funciones contempladas en los artículos 14 y 20 de la ley orgánica de la Función Legislativa, esto es que debe resolver sobre la calificación o no de los proyectos de ley presentados y establecer, de manera motivada, la prioridad para su tratamiento. Si el proyecto no reúne los requisitos, se notificará con la debida motivación, enunciando las normas y principios jurídicos en los que se fundamenta.
Por su parte, Guamaní acudió este sábado a la Comisión y junto a su abogado solicitó el archivo de la denuncia. La legisladora argumenta que existen 10 irregularidades.
Días atrás, en su comparecencia ante la comisión, afirmó también que la denuncia no está apegada en derecho y que intentan maquillar su destitución para “el reparto donde ustedes son parte”, dijo refiriéndose a las legisladoras integrantes de la mesa.
Mencionó que quienes presentan la denuncia en su contra son el correísmo y sus aliados, disidentes de la Izquierda Democrática y Pachakutik; que la presidenta de la comisión pluripartidista pertenece al correísmo y es también quien firma la denuncia en su contra, por lo que dijo que eso no es ético.
Que las asambleístas Rocío Guanoluisa y Mireya Pazmiño no representan a la ID ni a Pachakutik, sino que son aliadas del correísmo y que la legisladora Elina Narváez, del PSC, es utilizada por el correísmo para fines personales y políticos, y que ojalá entren en razón. (I)
Fuente: El Universo – Nota original: LINK