“Es importante que la ciudadanía conozca que el dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) respecto del caso Isaías, no establece la obligatoriedad del Estado ecuatoriano de cumplir con una indemnización pecuniaria y menos con una restitución de bienes”, señaló Ledy Zúñiga Rocha, ministra de Justicia, derechos Humanos y Cultos.

El Ciudadano

El Organismo de Derechos Humanos declaró que no existe ninguna ilegalidad respecto de los procesos de incautación.

La funcionaria ministerial explicó además que en su resolución, el Comité de Derechos Humanos analizó varias peticiones que fueron presentadas por los sentenciados.

“Ante la alegación presentada por los hermanos Isaías, en la que señalan que durante el desarrollo del proceso penal el Estado ecuatoriano habría violado su derecho al debido proceso, el Comité de Derechos Humanos responde en su dictamen que no existe tal violación a esta garantía constitucional, pues considera que la Corte Nacional de Justicia era el órgano competente para conocer y resolver el proceso penal, y en este sentido no se ha violado el principio de legalidad”, acotó Zúñiga.

Sobre la supuesta parcialidad del Tribunal que conoció la causa, el Comité analizó y determinó que los hechos por los que los hermanos Isaías fueron sentenciados generaron gran repercusión en la situación económica, financiera y social del Ecuador, sin embargo, señala el Órgano Convencional que este factor no incidió ni afectó la independencia judicial.

“El Comité observó que la conducta delictiva (peculado bancario) por la que Roberto y William Isaías fueron sentenciados a ocho años de pena privativa de libertad, estaba tipificada en la normativa legal vigente a la época, de esta manera descartó la alegación de la defensa de los imputados que se basó en la presunta violación al principio de legalidad reconocido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.

En cuanto a los procesos civiles, la resolución del Comité se refiere al cumplimiento de garantías de conformidad con lo que establece el Pacto sobre el derecho a ser oídos por un tribunal competente, ante ello, el Organismo de Derechos Humanos declaró que no existe ninguna ilegalidad respecto de los procesos de incautación. “En ninguna parte del dictamen se establece la responsabilidad u obligación del Estado de indemnizar, mucho menos de restituir bienes”, enfatizó Ledy Zúñiga.

En este sentido, la Ministra de Justicia citó varios casos en los que el Comité se ha pronunciado y ha dispuesto de manera expresa el pago por conceptos de indemnización y/o reparación. ”En el caso Isaías, este no fue el espíritu de la resolución emitida por el Comité que no se ha referido a la legalidad o validez jurídica de los procesos de incautación”.

Zúñiga recordó que el Ecuador ha suscrito y ratificado 57 instrumentos internacionales de derechos humanos, en el marco de Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, en señal del absoluto respeto de las normas internacionales.

“Reconocemos al Comité y respetamos su resolución, en este sentido responderemos al Organismo, en un plazo de 180 días, y a través de la Procuraduría, informaremos de las medidas que como Estado se han tomado para atender sus recomendaciones”.

Al ser consultada sobre la postura de algunos profesionales del Derecho, la Secretaria de Estado afirmó que éstas son pretensiones fantasiosas de ciertos abogados. “Pretender que los ecuatorianos, los compatriotas que fueron afectados por ese duro capítulo del feriada bancario, vayan a pedir disculpas a los hermanos Isaías es por decirlo menos, una interpretación por demás abusiva del dictamen de Derechos Humanos”, concluyó Zúñiga.