El Consejo Nacional Electoral (CNE) canceló la personería jurídica de cinco organizaciones políticas que no alcanzaron el umbral de votos en los comicios seccionales del 2019 y presidenciales del 2021 para mantener su existencia en el Registro Nacional de Organizaciones Políticas.
Este 27 de noviembre, el pleno del Consejo Electoral sesionó para conocer ocho informes jurídicos en los que se analizaba el cumplimiento de requisitos para mantener la inscripción de dos partidos y seis movimientos políticos.
Con el voto afirmativo de los consejeros: Enrique Pita, José Cabrera y Diana Atamaint y en contra de Elena Nájera se resolvió cancelar la inscripción del partido Fuerza EC lista 10, que lo lidera Dalo Bucaram.
También del movimiento Ecuatoriano Unido lista 4, fundado por Edwin Moreno, hermano del expresidente de la República, Lenín Moreno; de Justicia Social lista 11, que lo preside Jimmy Salazar.
El movimiento Unión Ecuatoriana lista 19, que lo conformó el ex fiscal de la Nación Washington Pesántez, también fue cancelado, además del movimiento Concertación lista 51, que fue impulsado por César Montúfar.
El argumento principal que detectó el órgano electoral fue que estaban incursas en el numeral 3 del artículo 327 del Código de la Democracia que establece la cancelación, en el caso de que las organizaciones de ámbito nacional no obtengan el 4 % de los votos en dos elecciones pluripersonales distintas y consecutivas a nivel nacional; o al menos tres representantes a la Asamblea Nacional; o al menos el 8 % de alcaldías; o por lo menos un concejal en cada uno de, al menos, el 10 % de los cantones del país.
Otras tres organizaciones políticas que fueron incluidas en este análisis fueron Construye lista 25 (antes Ruptura); el Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) lista 17; y Podemos lista 33.
No obstante, las tres lograron evitar su extinción, al archivarse los expedientes lo que se aprobó con los votos de los tres consejeros antes mencionados.
En el caso de Construye, el informe jurídico recomendaba al pleno cancelar su registro; pero al inicio de la plenaria de este sábado, el vicepresidente Enrique Pita mocionó que no se proceda bajo ese criterio, porque el movimiento no había constado como inscrito seis meses antes de los comicios seccionales del 2019. Con ese argumento, no fue cancelado.
De tal forma, las organizaciones políticas inmersas en esta decisión administrativa podrán apelar ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para que en última instancia se resuelva si deben o no ser canceladas.
Ante el CNE ya no podrán apelar, pues el organismo abrió plazos para que sus representantes presenten sus pruebas de descargo. (I)
Fuente: El Universo – Nota Original: LINK