«Declaró ajustado de la Constitucion el título del proyecto (de ley examinado) con la condición de que se interprete que el acuerdo final es una decisión política y la referendación a la cual alude (…) no implica por sí misma una incorporacion de lo acordado en el articulado de la Constitución y el ordenamiento jurídico colombiano», dijo la presidenta de la corporación, María Victoria Calle. La sala plena de la Corte, que vela por el respeto de la Carta Magna, debatió por más de ocho horas la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas sobre la legalidad del proyecto de ley ya aprobado por el Congreso.
«El proyecto de ley tenía seis artículos y la Corte debía constatar el procedimiento legislativo y el contenido», dijo Calle. Sobre el primero, «la corporación declaró que estaba acorde con la reglas consagradas en la Constitución», apuntó. Respecto al segundo, agregó que lo «declaró ajustado» a la Carta Magna «con la condición de que se interprete que el acuerdo final es una decisión política y la referendación a la cual alude (…) no implica por sí misma una incorporación de lo acordado en (…) el ordenamiento jurídico colombiano».
Esta sentencia abre la vía a que el presidente Santos informe al Congreso su intención de convocar al plebiscito, en el que los colombianos votarían «sí» o «no» a los acuerdos de paz que el gobierno se apresta a firmar con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC, marxistas). El gobierno y las FARC negocian desde noviembre de 2012 en Cuba para poner fin a un conflicto armado de más de medio siglo. El 23 de junio pactaron las condiciones del cese al fuego definitivo y la entrega de armas de los rebeldes, que entrarán en vigencia una vez firmado el acuerdo final.