Mediante el decreto N° 379, el Primer Mandatario dispuso que el lunes 30 de abril se suspendan las actividades laborales en el sector público.
El martes 1 de mayo se mantiene el feriado por el Día del Trabajo. A las 17:30 se publicó el Decreto N° 380, en el que se dispuso que los dos días libres también sean obligatorios para el sector privado.
La jornada laboral correspondiente al 30 de abril será recuperada en el sector público con una hora extra por 8 días, a partir del miércoles 2 de mayo. La recuperación de la jornada para el sector privado «se podrá establecer (…) conforme lo estime pertinente, según las necesidades del empleador», según se explica en el Decreto N° 380.