Este fallo y los laudos que lo precedieron han permitido que Chevron se ampare en la aplicación retroactiva del Tratado Bilateral de Inversiones con Estados Unidos que entró en vigencia en 1997, cinco años después que Texaco abandonó el Ecuador; por tanto, la decisión de la Corte ha sido desacertada y contraria al derecho internacional.
-El Gobierno ecuatoriano debe proteger, tal como lo ha hecho en estos últimos años, los intereses del país sobre las pretensiones corporativas y, bajo esa premisa, ha ejercido todas las acciones y recursos legales disponibles.
-Ecuador, como un Estado donde se garantiza derechos y justicia, reconoce las obligaciones que nacen de los tratados y acuerdos internacionales suscritos, pero demanda que éstos se ajusten a los principios del derecho internacional, incluyendo la irretroactividad, el debido proceso y transparencia.
-El Estado ha reconocido y cumplido con sus obligaciones internacionales en el pasado y lo seguirá haciendo en el futuro, asegurándose que el cumplimiento de estas obligaciones, que nacen del derecho internacional, no limiten o afecten el cumplimiento de las que tiene conforme al derecho interno.
-En este contexto, son inaceptables las declaraciones del asesor y portavoz de Chevron, James Craig. Ese vocero, que exige a nuestro país ‘cumplir’, representa a una transnacional cuyo manejo irresponsable devastó la Amazonía y pretendió, con cinismo, a sabiendas del daño irrogado, exigir pagos esgrimiendo interpretaciones alejadas de todo fundamento legal y ético, cuando son ellos quienes deben reparar las afectaciones al territorio y sus pueblos amazónicos, mediante el pago de más de 9 mil millones de dólares.
-Ecuador rechaza este tipo de pronunciamientos que buscan presionar ilegítimamente la decisión de los jueces y analiza los procedimientos a seguir, de acuerdo con la ley ecuatoriana y con el derecho internacional que nos ampara.