Este fue uno de los acuerdos alcanzados por un comité interinstitucional encabezado por la Secretaría Técnica de Drogas. Además se estableció hacer un llamado a todos los actores de la sociedad a participar activamente y unirse a la lucha para la prevención del uso de estupefacientes.
Esta tabla de drogas no implica la legalización del consumo sino, por el contrario, evita que el consumidor sea criminalizado y llevado a la cárcel en lugar de recibir tratamiento para superar su adicción.
Según esta herramienta, una persona calificada como consumidora podrá tener en su poder menos de 10 gr. de marihuana, o 2 gramos de pasta de cocaína, 1 gramo de clorhidrato de cocaína, 0,1 gr. de heroína, 0,015 gr. de Éxtasis y, 0,040 gr. de Anfetaminas.
La diferencia entre una persona identificada como consumidora o expendedora se encuentra en la tabla de drogas, creada para que los jueces puedan administrar justicia de formas eficiente.
Fuente: Agencia Andes