El Mandatario pidió que el artículo 56 no generalice a todas las semillas transgénicas, sino solo a aquellas que ingresen por vías ilegales y sin fines investigativos.
“En el caso de ingreso o uso ilegal de semillas y cultivos transgénicos, debidamente comprobados por la Autoridad Agraria Nacional, se procederá con su decomiso, destrucción e incineración, así como la cancelación definitiva del registro respectivo, según el caso”, sugirió el Mandatario en el veto.