El fiscal acusó a Carlos P.Y., Álex B., Arturo E. y Paquita de M. como autores del delito de cohecho pasivo, en calidad de funcionarios públicos, por lo que pidió una pena establecida en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es decir una pena privativa de libertad de 3 a 5 años, con el agravante del artículo 47, al haber participado dos o más personas.
Por el delito de cohecho activo fueron acusados Juan Andrés B., Sonia C., Humberto G., Arturo P., Javier y Jaime B., Glenda M., Ramiro L., y Fabricio Y., por entregar el dinero. En calidad de coautores se acusó a Gorki R., Jelice H., Tomasa P., Carlos P. y Yolanda P., porque también se habrían beneficiado de ese ilícito.
La Fiscalía pidió, además, de acuerdo al artículo 69, una indemnización por los daños causados en Petroecuador, es decir una multa equivalente al delito.
Los alegatos finales de la defensa, la réplica de Fiscalía y contrarréplica de la defensa técnica se cumplen en el Complejo Judicial Norte de Quito.