A los nueve detenidos se les inició una instrucción fiscal por 90 días que llevará adelante la Fiscalía General del Estado y en la cual esa entidad judicial deberá demostrar que ellos tendrían vinculación a los hechos que se denuncian.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 317, indica que la persona que en forma directa o indirecta tenga, adquiera, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga, resguarde, entregue, transporte, convierta o se beneficie de cualquier manera de activos de origen ilícito u oculte, disimule o impida la determinación real de la naturaleza, origen, procedencia o vinculación de activos de origen ilícito recibirá una sanción de uno a trece años de prisión dependiendo de la infracción.
Este artículo en el numeral 3, literal A, señala que tendrán pena privativa de libertad de diez a trece años cuando el monto de los activos objeto del delito supere los doscientos salarios básicos unificados del trabajador en general.
Dicho artículo también refiere a cuando la comisión del delito presupone la asociación para delinquir a través de la constitución de sociedades o empresas, o de la utilización de las que se encuentren legalmente constituidas, al igual que cuando el delito ha sido cometido utilizando instituciones públicas.
Rubén Balda, fiscal que lleva el caso del delito por el que se los imputa a los nueve detenidos, confirmó que por lavado de activos se iniciará la investigación en contra de ellos.
Pero indicó que en la audiencia de formulación de cargos el juez de Garantías Penales de Portoviejo, Juan José Bermúdez, dispuso que a dos de los nueve detenidos se les dieran medidas cautelares.
“Y el tema que a las dos personas que les dio arresto les dio prohibición de salir del país, una decisión netamente del juez, la Fiscalía pidió prisión preventiva para todos. El juez consideró que estas dos personas por el momento no tienen elementos suficientes”, declaró el fiscal Balda.
Las dos personas a las que les dieron las medidas son un chofer y un acompañante, aunque no indicó de quiénes son empleados. Mientras dure la instrucción fiscal ambos no podrán salir del país.
A siete de los nueve detenidos se les determinó que cumplan la prisión preventiva en el Centro de Rehabilitación Social de Bahía de Caráquez.
Ellos son Miguel Antonio G. M., Jean Carlos B. M., Franklin Oswaldo C. C., José Ricardo Párraga Intriago, José Alfredo S. V., Danilo Fabricio y José Leonardo V. S., mientras que a Mario Fabián O. C. y Esteban Alfonso V. C. les dictaron medidas cautelares de prohibición de ausentarse del país hasta la finalización del proceso.
Respecto de las medidas reales solicitadas por el juez en contra de los nueve señalados en este presunto acto, se dispuso la incautación de los bienes encontrados a los procesados, prohibición de enajenar los bienes, disponer la retención de valores que posean en sus cuentas bancarias.
Además se dispuso la retención de valores en las cuentas donde tengan su firma autorizada, para lo cual se oficiará a la Superintendencia de Bancos y Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
En la investigación también se suman elementos, como un informe de la Unidad de Análisis Financiera y Económico (UAFE) sobre movimientos irregulares de dinero.
José Garzón, abogado de uno de los contratistas detenidos, declaró en Ecuavisa que el dinero que le ubicaron a su cliente era para pagar sueldos.v
Nota Original: El Universo – LINK