El Tribunal Contencioso Electoral deberá resolver los recursos subjetivos planteados por el movimiento correísta de la Revolución Ciudadana.

Créditos: El Universo

Un recurso subjetivo contencioso electoral planteado ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por integrantes de Revolución Ciudadana (RC, lista 5) impide que quede en firme el binomio presidencial del movimiento Renovación Total (RETO, lista 33), de Xavier Hervas y Luz Vega. La impugnación fue presentada la noche del viernes último, horas antes de que venza el plazo para certificar que la candidatura de Hervas no tenga impugnaciones.

El pasado 19 de junio, el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) negó la impugnación que contra Hervas presentó Marcela Aguiñaga, presidenta del movimiento correísta de la RC. La objeción sostenía que el empresario mantenía acciones en empresas offshore o paraísos fiscales, lo cual es un impedimento para postular a una dignidad de elección popular, de acuerdo con la Ley de Aplicación de la Consulta Popular sobre Paraísos Fiscales y el Código de la Democracia.

Es justamente esta decisión del CNE la que está siendo apelada ante el TCE mediante un recurso subjetivo. El pleno del Consejo Electoral, con base en un informe técnico-jurídico, determinó que Hervas no incurre en inhabilidad alguna para ser candidato, ya que no se ha demostrado que posee bienes o capitales en paraísos fiscales.

Se conoció además que Revolución Ciudadana también planteó un recurso similar ante la candidatura a asambleísta de Patricio Carrillo, quien es patrocinado por el movimiento Construye (lista 25), que tiene a Fernando Villavicencio como candidato a la Presidencia de la República para las elecciones anticipadas que se darán el 20 de agosto de 2023.

Sobre el tema de Carrillo, el CNE también resolvió negar en su momento una objeción planteada por RC. Del exministro del Interior del gobierno de Guillermo Lasso se decía que no puede participar en los comicios anticipados porque fue censurado de ocupar cargos públicos por dos años, como consecuencia del juicio político al que fue sometido en febrero de este año.

Hasta el mediodía de este sábado, ninguno de estos dos expedientes constaban en la plataforma del TCE, pues se estaría realizando el sorteo que determine los jueces que asumirán el conocimiento del recurso.

Pero para las primeras horas de la tarde, el TCE informó de la recepción de los dos recursos subjetivos contenciosos electorales. Se indicó que la causa relacionada con Hervas estará a cargo de Joaquin Viteri, mientras que la que tiene que ver con Carrillo la asumirá Guillermo Ortega. Como siguente paso, se señaló desde el TCE, los dos magistrados solicitarán los respectivos expedientes al CNE.

Con esta impugnación, no se podría adelantar el arranque oficial de la campaña electoral, previsto inicialmente para del 8 al 17 de agosto próximos. En estos días, el CNE acordó con las organizaciones políticas que, si todas las candidaturas presidenciales están en firme este fin de semana, se podría adelantar el inicio de la campaña. La impugnación contra Hervas deja de lado esta posibilidad.

Ya hay cinco binomios presidenciales en firme y se esperaba que este fin de semana sean confirmados los otros tres binomios. Estos últimos tenían pendiente una certificación del TCE que confirme que no tienen impugnaciones en su contra.

Contra Hervas ya existiría una impugnación y restaría conocer si las hay contra los binomios presidenciales de Luisa González, de la RC, y Fernando Villavicencio, de Construye. De no existir apelaciones hasta la medianoche de este sábado, 24 de junio, estas dos últimas candidaturas quedarían en firme.

La mañana de este sábado, los vocales del CNE Esthela Acero y José Cabrera, más la presidenta del organismo electoral, Diana Atamaint, reinstalaron la sesión ordinaria número 36 y aprobaron la lista de candidatos a asambleístas de la alianza Actuemos (listas 8-23). La aprobación llegó una vez que la alianza subsanó ciertos errores definidos por el CNE, cumpliendo así los requisitos establecidos.

Fuente: El Universo LINK: Nota original