La denominada 'ley antipillos' para combatir el lavado de activos fue publicada en el Registro Oficial. El organismo señaló que no es una entidad dirimente, ni realiza controles de legalidad o de constitucionalidad. En NotiMundo A La Carta, Otto Vera, primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, señaló que el presidente Daniel Noboa no está facultado a promulgar una normativa negada y archivada por el Pleno.

La publicación de la ley para combatir el lavado de activos en el Registro Oficial, pese a la negativa y archivo de la Asamblea Nacional, refleja un nuevo capítulo de la pugna entre el Ejecutivo y el Legislativo.

Desde el Parlamento, el primer vicepresidente Otto Vera, precisó que el presidente Daniel Noboa no tiene la facultad de enviar un decreto-ley cuando la Asamblea ya emitió un pronunciamiento. Explicó que en el único caso en el que cabe una acción similar del Ejecutivo es cuando, en un plazo de 30 días, no se dieron resoluciones para aprobar, modificar o negar una normativa.

Frente a esto, la titular del Legislativo, Viviana Veloz, presentará una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional y anticipó acciones legales contra el máximo representante del Registro Oficial.

“Condenamos que la Corte Constitucional y el Registro Oficial hayan permitido que se publique un decreto ley sin cumplir las formalidades establecidas en el ordenamiento jurídico, lo cual vulnera el equilibrio de poderes”, dijo mediante un comunicado.

De su lado, Vera señaló que la insistencia en promulgar la normativa esconde intereses recaudatorios, además de manejar un discurso político y mediático, a pocos meses de las elecciones generales del 2025. Por ello, cuestionó, incluso, el concepto de la ley para combatir el lavado de activos.

“No es una una ley antipillos, sino una ley alcahuete de los pillos”, sostuvo.

Con esto, el primer Vicepresidente de la Asamblea Nacional indicó que las actuaciones del Primer Mandatario marcarán un precedente en torno al desconocimiento de las resoluciones adoptadas en el Pleno. Asimismo, adelantó que la publicación en el Registro Oficial de dos pronunciamientos sobre la misma ley derivaría en un “vacío legal”.

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