Dentro de los puntos que establece el cuerpo legal se contemplan los beneficios tributarios para los gastos que las empresas realizan a favor de sus trabajadores por seguro de salud y medicina prepagada. Además, se armonizan las definiciones tributarias para el cálculo de la base imponible del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de productos importados, para facilitar el entendimiento y el correcto cumplimiento de los contribuyentes respecto al pago de sus obligaciones tributarias.
Además se reforma la actividad del transporte para garantizar el principio de neutralidad de los tributos, sobre todo en los rubros que afectan significativamente al cálculo del anticipo del impuesto a la renta, para compañías o cooperativas dedicadas a la actividad del servicio de transporte público comercial, que decidan integrar en su activo y patrimonio a las unidades de transporte de sus asociados, para fortalecer, promover y formalizar los servicios prestados, para brindar mayor calidad y cobertura.