Las Direcciones Provinciales de esta Cartera de Estado serán las responsables de autorizar el ingreso de la maquinaria que se requiera para realizar la apertura de servidumbres de tránsito y limpieza de canales de riego y drenaje en las camaroneras.
Se trabajará en conjunto con el Ministerio de Agricultura, Acuacultura y Pesca para definir el listado de las camaroneras que serán atendidas. Los propietarios de estos establecimientos solicitarán la autorización, enviando el listado de las maquinarias a utilizarse y el plan de trabajo a realizarse con plazos de cumplimiento y planes de compensación si fuera necesario.
Técnicos de la Entidad Rectora del Ambiente realizarán inspecciones para constatar el cumplimiento del plan de trabajo y, de ser el caso, el plan de compensación, así como los posibles daños o afectaciones negativas al ecosistema manglar.
El acuerdo en mención se fundamenta constitucionalmente. Entre varias consideraciones, destaca el artículo 14, que declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país y la recuperación de los espacios naturales degradados.