El pasado 12 de febrero finalizó el juicio contra Joaquín Guzmán Loera, alias “El Chapo”. Durante el proceso, de casi cuatro meses, tres de los 56 testigos (14 de ellos cooperantes protegidos) citaron a Ecuador como uno de los 15 países escogidos por el narcotraficante para sus negocios ilícitos.
Líneas aéreas Andinas Lincandisa S.A., Comercializadora Empresarial Team Busines S.A. y Gestores del Ecuador Gestorum S.A., son las tres empresas que se usaron para lavar dinero en el país.
Durante el proceso judicial en la Corte Federal del Distrito Este de Brooklyn en Nueva York (EE.UU.), que declaró culpable a Guzmán, hubo testimonios que revelaron conexiones entre el cartel narcodelictivo y Ecuador.
Entre ellos constan Álex y Jorge Cifuentes, principales nexos en Colombia y el de la exdiputada por Sinaloa (México), Lucero Sánchez López.
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Ella dijo que conocía sobre las empresas fantasmas y que fueron creadas por Elkin de Jesús López Salazar para el lavado de dinero.
Según consta en el portal de la Superintendencia de Compañías de Ecuador, esas empresas son accionistas entre sí. Uno de los administradores es el colombiano Nicholls Eastman Winston, quien es prófugo y forma parte de la “lista negra” del Departamento del Tesoro de EE.UU.
Lincandisa S.A estaba dedicada al transporte por vía aérea, mientras que Gestorum S.A. a la asesoría jurídica y contable. Actualmente están disueltas y en liquidación.
Según el reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, las empresas fantasmas o supuestas son: “Aquellas que se han constituido mediante una declaración ficticia de voluntad o con ocultación deliberada de la verdad, quienes fundadas en el acuerdo simulado, aparentan la existencia de una sociedad, empresa o actividad económica, para justificar supuestas transacciones, ocultar beneficios, modificar ingresos, costos y gastos o evadir obligaciones”.
Para Carlos Calero, director de la firma “El Asesor Contable”, las empresas fantasmas, supuestas o inexistentes, en su mayoría son sociedades anónimas o compañías limitadas. Su control lo ejerce la Superintendencia de Compañías y el Servicio de Rentas Internas (SRI). “Las facturas que se utilizan para prestar los servicios son autorizadas por el SRI. Los contribuyentes que compran y hacen retenciones en la fuente, están obligados a llevar contabilidad. Entonces, quien debería ejercer un mejor control por el mayor número de transacciones y por el tema de ingresos, gastos y cruce de información, es el SRI”, manifestó Calero.
Añadió que las empresas vinculadas al lavado de dinero producto del narcotráfico se basan en la prestación de servicios, mas no de bienes, pues se necesita contar con el bien físico el cual debe tener un origen lícito.
Millonarias pérdidas para el Estado
Según cifras del SRI, 822 empresas dedicadas a la venta de facturas han sido calificadas como fantasmas en los últimos años, incluidas personas naturales que realizaron transacciones inexistentes. Ese fenómeno ha generando un perjuicio por $ 2.681 millones en adquisiciones, lo que representa además $ 835 millones de impuestos que se han dejado de pagar.
José Almeida, subdirector General de Cumplimiento Tributario del SRI, señaló que dentro de las competencias que tiene ese órgano de control, está determinar la real actividad económica en las transacciones que realizan los contribuyentes. Sobre la situación de las empresas Lincandisa S.A., Team Business S.A. y Gestorum S.A. resaltó: “Lo que hemos verificado es que estas han sido depuradas de los registros porque no existe actividad económica real. Los registros los cerramos cuando no se evidencia actividad”.
El proceso de depuración consiste en bloquear a las empresas cuando no están en actividad, para que no sigan generando facturas o contratos. Almeida explicó que se verifica su relacionamiento, accionistas, relaciones comerciales, societarias, de contadores, representantes legales. Son factores que permiten generar calificaciones sobre las cuales se determina si se cierra o no un registro.
En tres años, el SRI ha logrado recuperar $ 860 millones generados sobre impuestos que no han pagado las compañías fantasmas. Para Calero, la responsabilidad recae en el organismo que permite la creación de compañías y en el que controla el tema tributario.
“Desde el instante en que se constituye una compañía, para darle el certificado de cumplimento de obligaciones le exigen abrir una cuenta. Incluso van y conocen el establecimiento para entregarle el número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y poder sacar facturas autorizadas por el SRI”, indicó.
Almeida adujo que el SRI se basa en el RUC, es decir, “hay una compañía en papeles, sin embargo, para nuestros registros tributarios generamos lo que es la activación conforme a lo que señalan los estatutos”.
Según datos del SRI, otro de los procesos de control es el de auditoría: permite identificar detalladamente cada caso, transacción o transferencia, así como la existencia de un inventario. Además se realiza la revisión de los servicios prestados.
Con los resultados, informa del cometimiento del presunto delito. Tiene la facultad de presentar las denuncias sean penales o noticias criminis ante la Fiscalía General, que es la encargada de las investigaciones.
Según cifras oficiales, en la Fiscalía hay 2.000 denuncias.
Fuente: El Telégrafo- Nota original: LINK