Ello se aplicaría tras el registro ante la Agencia de Tránsito Municipal de quienes comercialicen este vehículo en Guayaquil. La posibilidad incluiría, además, un localizador satelital del automotor.
«Únicamente podrán comercializar motocicletas las personas naturales o jurídicas cuyo giro específico del negocio sea esa actividad y que estén autorizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y la ATM, previo al cumplimiento de los requisitos que se dispongan», explicó Andrés Roche, gerente de la entidad municipal.
Se plantea clausuras para los establecimientos que incumplan la normativa, multas de hasta un salario básico para los propietarios y conductores de motos que no porten las placas de identificación.
Se espera que la ordenanza sea discutida en el Concejo Cantonal y tras las observaciones sea aprobada en aproximadamente dos semanas.
En tanto, el gobernador del Guayas, José Francisco Cevallos, llamó a los otros 26 cantones de la provincia para que acojan medidas similares a fin de combatir la delincuencia, cuyos actores han usado motos para cometer delitos.
El general Marcelo Tobar Montenegro, jefe de la zona 8 de la Policía, ratificó que la circulación de dos hombres en moto será controlada entre las 16:00 y 05:00, porque -según el análisis delictivo- ese es el horario en que más robos a personas y asesinatos se cometen usando motos.
Fuente: El Telégrafo