Así lo dispone el mandato para designar autoridades que aprobó el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC) en transición.
El artículo 4 de la normativa estable los «mecanismos de postulación» que permite que los partidos y movimientos políticos nacionales calificados por el CNE y que participaron en las elecciones de febrero del 2017 con candidatos a asambleístas y nacionales.
También podrán candidatizar las organizaciones de trabajadores, empresariales, universidades y escuelas politécnicas, y las organizaciones de la sociedad civil, que acrediten al menos, cinco años de existencia previa.
El concurso de méritos lo realizará una comisión ciudadana técnica de selección, que verificará el cumplimiento de requisitos, y las inhabilidades, los méritos de cada postulante.
Habrá etapa de impugnación ciudadana, y finalmente la designación.
El CPC en transición eliminó de la organización de los concursos la fase de oposición, que correspondía a rendir un examen de conocimientos.
Fuente: El Universo