13 personas fueron sentenciadas en esta causa por ejecución extrajudicial (asesinatos de civiles en manos de agentes estatales). El hecho ocurrió la mañana del 19 de noviembre del 2003, cuando se realizó una intervención policial en una farmacia ubicada al norte de Guayaquil. El resultado fue 8 personas ejecutadas y 4 desaparecidas.
La audiencia de apelación a la sentencia solicitada por 11 ciudadanos se realizó el 6 y 7 de septiembre en la Corte Nacional de Justicia.
La defensa de los sentenciados argumentó que las pericias realizadas en este caso por expertos venezolanos, no tienen validez. Según este abogado, los peritos no habrían contado con los resultados de la pruebas de parafina.
Ante esta alegación, el Fiscal General explicó que los peritos venezolanos sí tomaron en cuenta las pruebas de parafina realizadas luego de que sucedieron los hechos. Sin embargo, enfatizó que según los expertos, esta técnica fue descartada, hace aproximadamente cuatro décadas, porque se comprobó su ineficacia por falta resultados confiables.
También se dijo en la audiencia que en este caso no se realizaron exhumaciones. No obstante, Galo Chiriboga Zambrano respondió que las exhumaciones se efectúan cuando no se ha determinado el motivo del fallecimiento de una víctima. En este caso, sí se establecieron las causas de las muertes de las 8 personas e inclusive se conoció quien fue el autor de la mayoría de los disparos.
Asimismo, la Fiscalía aclaró que realizó las experticias a las armas que portaron los policías en el operativo, debido a que anteriormente no se hizo. Mientras que, a las armas que llevaban los asaltantes que ingresaron a la farmacia se les realizó las pericias en un proceso diferente que se siguió por el asalto a la farmacia.
Galo Chiriboga enfatizó que en la audiencia de juicio, la Fiscalía ya demostró, a través de las pruebas, que las víctimas fueron ejecutadas boca abajo, a corta distancia y contra el piso. Es decir, se probó que se cometió ejecución extrajudicial, lo cual constituye una grave violación a los derechos humanos.
Chiriboga Zambrano también insistió en que el día de los hechos no hubo uso progresivo de la fuerza, que se modificó la escena del crimen y que se colocaron granadas en los cuerpos de las víctimas. A tal punto que, se puso una granada junto a la mano de un cliente que compraba pañales, cuando él no tenía nada que ver con los asaltantes.
Además, el Fiscal General rechazó las aseveraciones de que se ha cometido un fraude procesal en este caso, ya que la defensa de los sentenciados alegó que las partes procesales desconocían la existencia de Erwin Vivar, quien presenció los hechos y ahora es testigo protegido.
Chiriboga Zambrano aclaró que esta persona fue ubicada posterior a la audiencia de juicio, gracias al trabajo desarrollado por la Fiscalía General del Estado.
Además, Galo Chiriboga dijo que la Fiscalía no tenía por qué informar sobre su ubicación, ya que se la realizó en la indagación previa en el proceso que lleva adelante por la desaparición de 4 personas.
Al medio día de este miércoles 7 de septiembre, el juez ponente Luis Enríquez decidió suspender la audiencia e informó que se notificará a las partes procesales para su reinstalación y dar a conocer si se acepta o no el recurso de apelación a la sentencia.
Dato:
En este caso, 13 personas fueron sentenciadas, 6 de ellas a 16 años de privación de libertad, otras 6 fueron declaradas cómplices (pero se beneficiaron por el principio de favorabilidad), y a una persona se le ratificó su inocencia.