En el Decreto Ejecutivo, el Primer Mandatario suspende el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio y el libre tránsito de los afectados por ese terremoto.
Explican que esa decisión se adopta porque algunos ciudadanos pretender retornar a sus hogares situados en inmuebles que precisamente constituyen un riesgo para su vida o integridad física.
El Ejecutivo dispone a los ministerios del Interior y Defensa determinar la forma de aplicar esta medida para conseguir la finalidad señalada. Esta disposición será notificada a la ONU y a la OEA.
También el Ministerio de Finanzas situará los recursos suficientes para atender la situación de excepción. El estado de excepción regirá durante 60 días a partir de la suscripción de ese decreto.
Además, dispone la movilización en todo el territorio nacional hacia esas dos provincias, de tal manera que todas las entidades de la Administración Pública Central e Institucional, en especial las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los gobiernos autónomos descentralizados de las provincias afectadas deberán coordinar esfuerzos.
Esto con el fin de ejecutar acciones necesarias e indispensables para mitigar y prevenir los riesgos, así como enfrentar, recuperar y mejorar las condiciones adversas que provocaron esos eventos telúricos.
Según el último informe del Instituto Geofísico, hasta el momento se han registrado 3.822 réplicas desde el sismo del 16 de abril del 2016.
Fuente: El Telégrafo