Además, el documento prohíbe la asignación de vehículos y conductores a miembros de las FF.AA. y la Policía que no sean destinados al estricto cumplimiento de sus tareas institucionales.
Igual prohibición se observará en las empresas, instituciones o institutos bajo cobertura militar o policial o que brinden servicios institucionales a éstos y pertenezcan al Estado.
Para ello se notificará al Contralor General del Estado a fin de que ejerza los actos de control pertinentes. Tanto el Ministerio de Defensa como el del Interior deberán emitir las respectivas reglamentaciones para poder implementar las medidas señaladas en el decreto presidencial.