“Ernesto Montenegro y Luis Carrera se reunían de forma esporádica en la Comandancia con el excomandante Fausto T.”, dijo Eduardo P., en su testimonio rendido en el décimo tercer día de la audiencia de juicio por la presunta venta de la pases en la Policía Nacional.

Fiscalía

Estos tres procesados son parte de los 15 policías y un civil que enfrentan juicio que se sigue por su presunta participación en delincuencia organizada.

El procesado Eduardo P. fue el edecán de Fausto T. En su relato, él manifestó que Alexis C. lo llamó para solicitar una cita con el excomandante. También hubo varias visitas de tres procesados en la Comandancia, quienes llegaban sin anunciarse y se reunían.

Ante esto, la fiscal del caso, Tania Moreno, señaló que este testimonio confirmaría que hubo comunicaciones personales y telefónicas entre Montenegro y Carrera (ya sentenciados en este caso ocho meses y un año  respectivamente) y el excomandante Fausto T. Este último habría afirmado que jamás mantuvo contacto con Ernesto Montenegro.

Para la Fiscalía, existen suficientes indicios aportados por los procesados, pero básicamente, los testimonios de varios co-procesados que señalarían que la presunta red que tramitaba pases en la Policía estaba coordinada por su excomandante.

En la tarde de este miércoles 21 de septiembre, se esperaba el testimonio del procesado Carlos H., pero este decidió acogerse al derecho al silencio y solo presentó la prueba testimonial a su favor.

Así continuó esta audiencia de juzgamiento que se desarrolla ante los jueces del Tribunal Provincial de Pichincha, en el octavo de la Corte Nacional de Justicia.

Entre tanto, durante la audiencia, la Fiscal anunció que emprenderá acciones legales en contra del excomandante Fausto T., ya que este habría amenazado a su equipo de investigadores.

“No se puede amenazar y desacreditar una investigación que se realizó dentro del marco constitucional y legal con aseveraciones que no se han probado”, señaló la Fiscal que investigó la venta irregular de pases.

La respuesta de la jueza Maritza Romero fue que se actué con respeto entre los sujetos procesales y de ser el caso, que la denuncia se realice ante las autoridades pertinentes.

Las pruebas de la Fiscalía

El pasado jueves 15 de septiembre, la Fiscalía concluyó con la presentación de la prueba testimonial, luego de receptar los testimonios de 33 personas  y de reproducir tres testimonios anticipados con los que reforzó la teoría del caso.

En la teoría del caso, la Fiscal expuso que el delito de delincuencia organizada se habría configurado al crear una red dedicada a tramitar el traslado de agentes de la Policía a otras ciudades, sin cumplir con las formalidades de ley y a cambio de un cobro ilegal.

También entregó como prueba documental 1.317 partes informativos de traslados efectuados en el 2014 y 2015. En estos se detallarían la rapidez en la que fueron tramitados, ya que los pases se habrían entregado en 48 horas, cuando un trámite regular tarda entre uno y dos meses, luego de ser analizados por la Comisión de Pases.

En la prueba documental se incluyeron 87 informes de movimientos financieros de los procesados, de diferentes instituciones bancarias, en los que se detalla que habría incrementos injustificados en sus ingresos en varias cuentas.

Antecedentes del caso ‘Estrella Dorada’

Según las investigaciones de la Fiscalía, entre octubre del 2014 y julio del 2015 se habrían negociado 1.317 pases y traslados a cambio de pagos de entre 1.000, 1.500 y 2.000.

La Fiscalía habría determinado la existencia de una estructura delictiva dedicada a emitir sin respetar los reglamentos y a cambio de dinero, traslados en las diferentes unidades especializadas de la Policía Nacional.

Son 278 cuerpos procesales que detallan las investigaciones respecto a la presunta venta de pases policiales en la Policía Nacional.

Por este hecho, en abril de este año, la Fiscalía inició las investigaciones previas por Lavado de activos, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito no justificado.

Datos:

La delincuencia organizada está tipificada en el art. 369 del Código Orgánico Integral Penal y sanciona con pena privativa de libertad de 7 a 10 años, para autores y de 5 a 7 años en caso de colaboradores (cómplices).