Las inquietudes de Lasso fueron enviadas a la Procuraduría el miércoles 3 de mayo y se concentran en lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), el cual establece que la Comisión de Fiscalización remita el informe motivado al presidente de la Asamblea en un plazo máximo de diez días improrrogables para que sea puesto en conocimiento del pleno. Según la norma, el informe deberá especificar las razones por las cuales se recomienda o no el enjuiciamiento político.
En ese contexto, la primera pregunta de Lasso fue: ¿de qué modo debe ser aplicado este artículo en el caso de que no existan los votos para la aplicación del informe borrador puesto a consideración de los miembros de la Comisión por parte del equipo asesor?
La segunda pregunta: ¿es posible, dentro de los límites de la norma, que aquellos miembros de la Comisión que se hayan abstenido o votado en contra del informe borrador elaborado por el equipo asesor puedan poner en conocimiento y votación un proyecto de informe borrador alternativo a este?
Carlos Larrea explicó que, con base en el artículo 91 de la LOFL y de los artículos 6 y 30 del Reglamento de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales, en el informe motivado deberá constar la resolución y detalle de la respectiva votación, especificando las razones de la recomendación respecto del proceso contra el jefe de Estado. Se podrá incluir como anexo el detalle de las posiciones de los asambleístas miembros de la comisión.
El procurador precisó que en el caso del juicio político al presidente de la República “no está previsto expresamente el trámite de un informe de minoría”.
Añade que para la discusión y, de ser el caso, aprobación de dicho informe motivado, el equipo asesor de la mesa de Fiscalización deberá elaborar y remitir el informe borrador que será puesto a consideración de la Comisión.
Al poco tiempo de que el procurador emitió su respuesta, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República no tardó en enviar el pronunciamiento al titular de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, así como al legislador Fernando Villavicencio, presidente de la Comisión de Fiscalización.
El informe borrador que será discutido en la comisión la mañana del sábado, y que fue elaborado por el equipo asesor de la mesa legislativa, no recomienda el juicio político en razón de que no se pudo establecer la responsabilidad política de Lasso sobre los supuestos perjuicios al Estado, relacionado con el mencionado examen especial de la Contraloría General del Estado, por no existir celebración de nuevos contratos entre Flopec EP y Amazonas Tankers Pool en el periodo de gestión del actual mandatario.