En el artículo 13 del documento, se propone el pago del 75% sobre la ganancia extraordinaria de bienes, cuando esta supere los 24 salarios básicos unificados (8.784 dólares). Es decir, si la ganancia por la venta de un inmueble es mayor a esa cantidad, el vendedor deberá pagar el porcentaje, siempre y cuando sea la segunda vez que realice la transferencia del bien desde la vigencia de la ley.
La normativa, cuyo contenido abarca 14 páginas, también dispone que “la totalidad de la recaudación será para cada gobierno autónomo descentralizado y distrito metropolitano autónomo” y define que los recursos serán destinados “al mejoramiento de los servicios básicos de alcantarillado y agua potable”.
El gobierno ecuatoriano envió la víspera el proyecto al Legislativo, con carácter de económico urgente, como una forma de cumplir con uno de los compromisos establecidos en la agenda adoptada en Hábitat III para regular y controlar la plusvalía y permitir el desarrollo de las ciudades.
En el texto también se fijan exenciones en pagos a los bienes inmuebles que se obtienen por sucesiones o causas de muerte, donaciones, rifas o sorteos, y remates o ventas realizadas judicialmente o por instituciones del Estado
Según explicó la ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda, María de los Ángeles Duarte, a periodistas es necesario un control pues la especulación en el costo de las tierras impide el acceso a vivienda digna y promueven invasiones en diferentes lugares.
Explicó que en la mayoría de ciudades a nivel nacional existen amplios espacios con servicios básicos que permanecen vacíos debido a su alto costo.
“El costo de ese suelo es tan alto que la gente que necesita casas no las puede comprar y es víctima de los traficantes de tierras y se producen los asentamientos en lugares donde no hay servicios (…) vamos hacia regular el costo tan elevado para que las personas puedan tener acceso a suelos con servicios”, dijo Duarte.
Además, explicó que los promotores inmobiliarios están exentos del pago de plusvalíapor las ventas y recalcó que las personas que venden y compran casas por fuera del negocio inmobiliario es “ínfima” y el porcentaje no supera el 0.3% de la población anualmente.
Datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) indican que el 66% de los hogares ecuatorianos cuenta con vivienda propia, por lo que el 34% de las familias que o tienen casa propia podrán acceder a precios más justos.
Paola Hidalgo, subdirectora del SRI, expuso que si el 64% de la población que ya tiene una vivienda en la actualidad decide venderla, después de la vigencia de la ley no deberá pagar el gravamen por uso del suelo.
Hidalgo también señaló que uno de los objetivos es fortalecer los catastros de los Municipios para que estos puedan tener ingresos propios más fuertes.
Está previsto que el Consejo de Administración de la Legislatura (CAL) se reúna el próximo 7 de diciembre para calificar el proyecto de ley, que deberá ser aprobado o rechazado hasta el próximo 1 de enero.