Por seis votos a favor y cuatro en contra, el pleno del Supremo dejó sin validez la norma que permitía la utilización y la distribución de fosfoetanolamina sintética que, según exámenes del Gobierno, demostró tener una baja eficacia en la cura contra el cáncer.
La máxima corte analizó una demanda presentada por la Asociación Médica Brasileña (AMB) que solicitaba la suspensión de la norma al cuestionar los supuestos efectos beneficiosos alegados por algunos pacientes.
La asociación de médicos sostiene que la eficacia de la fosfoetanolamina no está comprobada y su uso puede perjudicar a los pacientes al comprometer el tratamiento convencional contra el cáncer.
«La visión de las comunidades médicas es que, con esa ley, habrá un aumento de muertes por el abandono del tratamiento convencional ya existente», afirmó en la tribuna del Supremo el abogado de la AMB, Carlos Magno Michaelis Junior.
La «píldora del cáncer» fue desarrollada por un investigador de la Universidad de Sao Paulo (USP) y era considerada «milagrosa» por algunos pacientes, a pesar de que no había sido probada ni registrada.
La presión popular llevó al Gobierno a realizar una serie de testes, pero los primeros resultados de esos exámenes no llegaron a satisfacer las grandes expectativas generadas por el producto, según explicó el Ministerio de Ciencia y Tecnología el pasado marzo.
De acuerdo con los resultados de los estudios iniciales en laboratorio, el remedio resultó ser menos eficaz para tratar el cáncer que algunos anticancerígenos ya conocidos.
A pesar de los informes, la ley fue aprobada por el Congreso y sancionada el pasado abril por Rousseff, quien fue apartada de su cargo por el Legislativo con el fin de iniciar un juicio político con miras a su destitución.
El relator del caso, el magistrado Marco Aurelio Mello, votó a favor de la suspensión de la ley al argumentar que la píldora contra el cáncer no ha sido registrada todavía por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa), que también había expresado su recelo sobre el uso de la fosfoetanolamina sintética.
«El Congreso Nacional al permitir la distribución del remedio sin control previo de viabilidad sanitaria no cumplió con el deber constitucional de tutela de la salud de la población», señaló Mello durante la sesión.