Esta acción tuvo como antecedentes los programas transmitidos por ese canal en los cuales, informó la parte demandante, se efectuaron «aseveraciones que tergiversan la información referente a los procedimientos de Subasta Inversa Corporativa de Medicamentos que se encuentran en ejecución, así como de las declaraciones emitidas por sus funcionarios respecto de la legitimidad y funcionamiento del mencionado procedimiento, de la calidad de los medicamentos, y la documentación habilitante del mismo».
En su resolución, la Supercom señala que el medio inobservó la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) en su artículo 26 que estipula: «queda prohibida la difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública».
El organismo le impone al canal las medidas administrativas previstas en los numerales 1 y 2 de la citada norma legal, esto es, la disculpa pública de la o las personas que produjeron y difundieron tal información. Teleamazonas deberá publicar la disculpa en días distintos, en el mismo espacio, programas y secciones «tantas veces como fue difundidad la información lesiva al prestigio y la credibilidad del Sercop».
Las medidas deberán cumplirse a partir de un plazo máximo de 72 horas posteriores a la notificación de la resolución. La Supercom también determinó la responsabilidad de la presentadora Janet Hinostroza por «haber inobservado la norma deontológica establecida en el artículo 10, numeral 3, literales a) y b) de la LOC». A la presentadora se le emite una amonestación escrita, en la que se le previene de la obligación de corregir y mejorar sus prácticas para el pleno y eficaz ejercicio de los derechos a la Comunicación.
También se le conmina a «abstenerse de reincidir en el cometimiento de actos que se encuentran reñidos con la citada ley».