María Belén Corredores, fiscal de Pichincha especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti), logró la condena. El Tribunal dispuso que Diego A. Y Guillermo T. sean privados de su libertad por 8 años, a más de 6 meses de inhabilitación profesional y multa de 40 salarios básicos unificados (SBU). Para Liliana R., esposa de Diego A. y representante legal de la clínica, la condena será 9 años y 4 meses de prisión y el pago de una multa de 40 SBU.
La Clínica La Primavera, como persona jurídica, deberá cancelar una multa de 50 SBU. Como reparación integral, el Tribunal ordenó el pedido de disculpas públicas a las víctimas, que la sentencia condenatoria se publique en los medios de comunicación social y que el fallo se envíe al Ministerio de Salud Pública.
En un comunicado, la Fiscalía señaló que la judicialización de estos hechos superó obstáculos jurídicos, como una declaración de nulidad dictada por el Tribunal de Garantías Penales, decisión que fue superada en segunda instancia.
De esta manera la audiencia de juicio continuó su curso y la tarde del viernes 9 de febrero, el Tribunal de Garantías Penales conformado por los magistrados Fabricio Carrasco, Luis Manosalvas y Sara Costales, emitió su sentencia.
Así, se confirmó la teoría de la Fiscalía: los tres ciudadanos atendieron partos, cesáreas, preeclamsias, embarazos gemelares, entre otros procedimientos hospitalarios, sin poseer el título universitario que acreditara su especialidad médica.
Fuente: El Telégrafo