La disposición fue directa: “Los trámites quedan pendientes hasta nueva orden”. Este mensaje lo escribió en el 2015 el entonces fiscal Galo Chiriboga, en la primera hoja de la asistencia penal internacional que Ecuador preparó para Colombia respecto al plagio del exlegislador Fernando Balda.

Efe

Este mensaje, más la sumilla de Chiriboga, ahora son analizados por el fiscal General del Estado, Paúl Pérez, pues Balda ha denunciado públicamente que el exfiscal “ordenó la suspensión de cualquier indagación sobre el secuestro”.

La acusación de Balda se fundamenta en la versión de Andrés Terán, quien en 2015 dirigía la Unidad de Asuntos Internacionales de la Fiscalía. El 2 de julio pasado, este exfuncionario compareció ante la fiscal Jimena Mena y dijo que tras recopilar la información que Colombia requería, envió los documentos al despacho del exfiscal Chiriboga, para que autorizara con su firma el trámite. “Pero (los papeles) retornaron con una nota en la que (Chiriboga) indicaba que no los iba a firmar”.

Los documentos solicitados por Colombia debían ser usados por la Fiscalía de esa nación para profundizar en la investigación respecto al secuestro perpetrado contra Balda. Ante la fiscal Mena, Terán también contó que tras recibir el mensaje y la sumilla, Chiriboga le reiteró verbalmente que no firmaría nada. Por eso envió un memorando al departamento de Asuntos Internacionales de la Fiscalía e indicó que los trámites de las asistencias penales del caso Balda “quedan suspendidas hasta nueva orden”.

Todo quedó parado un año y siete meses. La documentación fue enviada a Bogotá en febrero del 2017. Para entonces ya se hablaba de la salida de Chiriboga, lo cual se concretó cuatro meses después. ¿Por qué el exfiscal no firmó los trámites? El pasado 21 de junio, él se presentó en la Fiscalía y admitió que la sumilla y el mensaje en los documentos son suyos y expuso dos razones por las que no firmó.

La primera se refiere a que el caso Balda estaba en la Fiscalía de Pichincha y como en ese entonces no había procesados con fuero de Corte, no tenía competencia en el expediente. La segunda razón que detalla es que el trámite de la asistencia penal debía hacerla el fiscal que manejaba el caso y quien debía autorizar el proceso era el director de la Unidad de Asuntos Internacionales.

Eso datos fueron desmentido por Terán. En su versión, la fiscal Mena le preguntó, entre otras cosas, lo siguiente: ¿Por qué no se remitió oportunamente a Colombia la asistencia penal? Él respondió que el oficio debía estar firmado por el Fiscal General. Detalló que Chiriboga no le dio ninguna razón para detener el proceso. “Solo me dijo que no lo haga (…) la disposición fue que no se remita hasta nueva orden”.