Las mujeres y las niñas representan el 71% de las víctimas de la trata de personas en el mundo; las primeras alcanzan el 51% y las segundas el 20%, según el Informe Mundial sobre Trata de Personas de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), publicado en 2016.
En Ecuador, solo en los seis meses de este año se registraron 40 víctimas adolescentes de la trata, el año pasado fueron 47 en el mismo período, de acuerdo con cifras del Ministerio del Interior. La trata de personas es la adquisición de hombres y mujeres menores de edad por medios inadecuados como la fuerza, el fraude o el engaño, con el objetivo de explotarlos en forma laboral o sexual.
El Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano (COIP) incluye este delito en el artículo 91. “La captación, transportación, traslado, entrega, acogida o recepción para sí o para un tercero, de una o más personas, ya sea dentro del país o desde o hacia otros países con fines de explotación, constituye delito de trata de personas”.
Se sanciona este delito con pena privativa de libertad de 13 a 16 años, pero puede llegar hasta 20 o 26 años de prisión si se produce la muerte de la víctima de trata, según el COIP.
Además de esta figura jurídica sancionadora, en el país funciona desde 2006 el Plan Nacional contra la Trata de Personas, el cual fue reformado el año pasado por el Comité Interinstitucional, que está integrado por 15 instituciones gubernamentales del país. Precisamente a estas entidades del Estado están articulados colectivos sociales como la Fundación Alas de Colibrí, que forma parte de la Red Antitrata.