La jueza ponente, Fabiola Gallardo, en la lectura de la decisión de la Sala Penal, validó la actuación de los jueces que actuaron en la audiencia de formulación de cargos que terminaron en la orden de prisión preventiva de Carolina Astudillo Santos; pero en lo que se refiere a la materialidad del delito, cuestionó la actuación de la Fiscalía que violó el debido proceso y en la audiencia de juicio no presentó las pruebas documentales de la infracción penal atribuida a Carolina Astudillo, de 57 años.
La Sala Penal calificó también la actuación de la Fiscalía como «poco lógica» en base a los testimonios de los peritos de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y de los peritos contables, quienes no establecieron relación entre la empresa que transfirió $ 179.000 para la compra de un terreno en Samborondón y Carolina Astudillo.
Los tres jueces de la Sala también advirtieron que nunca se demostró que la suma transferida tuvo orígenes ilícitos. Además, se ratificó que la fecha de la transferencia ocurrida en julio de 2011 no guarda relación con los hechos de corrupción ocurridos en Petroecuador entre 2012 y 2016, de donde supuestamente, según la UAFE, habían salido los dineros para la compra del terreno. (I)
Fuente: El Telégrafo