Desde el próximo 1 de enero de 2019 quienes deben cumplir con el pago de este tributo ya podrán hacerlo a través de las 2 000 ventanillas del sistema financiero (bancos privados, mutualistas, cooperativas, agencias de Servipagos y mutualistas).
De acuerdo con el Cabildo, tras el proceso de revalorización de predios que se aprobó en el Concejo Metropolitano en diciembre del 2017 y entró en vigencia durante este año, ya no se prevén variaciones en los valores a cancelar.
Hay que recordar que después de esa revalorización se presentaron quejas de la ciudadanía por lo que consideraban un costo excesivo en el avalúo de sus predios. El Municipio, por disposición del alcalde de Quito, Mauricio Rodas, inició un proceso de revisión con lo que se rectificó en los casos en los que el cálculo para determinar el valor de un predio registró errores.
El sistema de revisión que se puso a disposición de la ciudadanía ya fue cerrado y, con esas rectificaciones, el Municipio espera que no se repitan los problemas que hubo durante este año. El valor del impuesto predial lo puede consultar en la página web del Municipio o llamar al 1800 456-789, sin costo, para obtener información sobre su número de predio y el valor a cancelar.
En este monto se incluyen los rubros del impuesto predial, contribución especial de mejoras (obras), tasa de seguridad y recargo por solar no edificado (cuando un predio no tenga edificación luego de dos años de su compra). Para quienes decidan cancelar el tributo en los 15 primeros días de enero del 2019 hay un descuento del 10%. A partir del 16 de ese mes, hasta el 31 de enero, esa rebaja será del 9%, y así quincenalmente hasta llegar al 1% en la última semana de junio.
Desde el primero de julio hasta el 31 de diciembre del 2019, este tributo tendrá un recargo del 10%. El Municipio informó que ofrece facilidades de pago en seis cuotas a las personas que no han cancelado los valores. El trámite se lo hace mediante una solicitud en coactivas, se procede al pago del 20% de la deuda y la totalidad se prorratea para seis cuotas suspendiendo de esta manera un posible proceso de coactivas.
Para las personas con discapacidad se aplica una exoneración parcial de hasta el 50% en el rubro predial una vez que demuestren con el carnet de la autoridad nacional que tienen una discapacidad de más del 30%.
Fuente: El Comercio – Nota original: LINK