La citada ley fue aprobada por el Senado y la Cámara de Representantes en 2017 y luego recibió el visto bueno de la Corte Constitucional, con lo cual el único trámite que le faltaba era la sanción presidencial, pero el mandatario decidió objetarla parcialmente.
«He decidido realizar objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz por razones de inconveniencia e invitar a que el Congreso de la República las debata constructivamente», manifestó Duque en una alocución en cadena nacional de radio y televisión.
Las objeciones buscan definir la obligación de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas del conflicto armado, aclarar las competencias de la justicia ordinaria inclusive en los casos de extradición, y definir la atribución del Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes se acogen a la justicia transicional.
Igualmente pretende garantizar la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra «en relación con quienes no son máximos responsables» para que no haya impunidad; la exclusión «de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes» de la justicia transicional y la pérdida de beneficios de «quien reincida en las actividades criminales». «Los colombianos debemos tener claro la importancia de precisar que los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas. Es lo mínimo que Colombia espera», manifestó el presidente al referirse al objeto central de sus objeciones.
Igualmente consideró «conveniente definir con mayor precisión cuándo y bajo qué circunstancias las investigaciones contra personas sometidas a la JEP se suspenden en la Justicia ordinaria», esto con el fin de evitar impunidad «y garantizar el derecho a la verdad de las víctimas». El choque de competencias entre la JEP y la justicia ordinaria es notorio principalmente en lo que tiene que ver con el caso de extradición de Jesús Santrich, uno de los jefes de las FARC, detenido desde el pasado 9 de abril en Bogotá a petición de Estados Unidos, que lo pidió en extradición por narcotráfico, delito que supuestamente cometió después de la firma del acuerdo de paz, el 24 de noviembre de 2016.
Por eso el presidente objetó también el artículo 150 de la Ley Estatutaria de la JEP, que consideró «inconveniente» debido a que no precisa «que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas», y en el caso de Santrich, esa instancia las solicitó a Estados Unidos para decidir si es procedente o no su extradición. «No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países», agregó el mandatario.
En lo referente a los crímenes de lesa humanidad, de guerra o genocidio, explicó que «el Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables (…) sin haber agotado todos, todos los esfuerzos para encontrar la justicia y la verdad». También citó entre los puntos que enviará al Congreso con carácter de reforma constitucional del Acto Legislativo 01 de 2017, que creó disposiciones transitorias de la Carta Magna para la terminación del conflicto armado, que se excluya de la justicia transicional los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
«Nada, ninguna ideología, absolutamente nada, justifica la aberrante agresión a los más vulnerables de la sociedad», dijo Duque. La decisión anunciada este domingo, 10 de marzo, obliga al Congreso a debatir nuevamente la Ley Estatutaria de la JEP pero no paraliza el trabajo de ese tribunal especial que se encarga de juzgar los crímenes cometidos con ocasión del conflicto armado.
Fuente: Agencia EFE – Nota Original: LINK