Dentro del proceso se estableció un máximo del 17,5% como valor preferencial para los productores nacionales de fármacos. El tema ha sido rebatido por industriales locales, quienes aseguran que la cifra no es suficiente para aportar a su rendimiento frente a competidores extranjeros de China o India.
El Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro) sostiene que el porcentaje “surge de la optimización que permite alcanzar un equilibrio macro-fiscal”.
Para ello se tomaron como referencia cuatro aspectos: protección al empleo nacional, inversión, evitar salida de divisas y costo fiscal (precios). Los ministerios Coordinador de la Política Económica y de Salud, aprobaron un informe desarrollado por el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), en octubre de 2015.
Según información del Mipro, el valor está sujeto a la inscripción del productor local en el Registro Industrial de Productores Farmacéuticos (RIPF) y se divide en tres aspectos. El primero fija 10% para las empresas productoras de medicamentos que hayan sido calificadas en el Mipro, tras la verificación del cumplimiento de buenas prácticas de producción y la supervisión de instalaciones, entre otros.
El segundo aspecto da un porcentaje adicional entre 2% y 5% proporcional, según el Valor Agregado Ecuatoriano (VAE), establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI) para las empresas del RIPF.
Finalmente se contempla el 2.5% proporcional, dependiendo del monto de exportación para las sociedades registradas en la subasta inversa.