Ese cambio se incluyó en el artículo 345 de la normativa. Así, las organizaciones políticas realizarán los procesos de democracia interna de forma obligatoria durante un período de 15 días. Este se iniciará 60 días antes de la fecha del cierre de la fase de inscripción de candidaturas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Las fechas exactas aún no se conocen, ya que el pleno del organismo no ha aprobado el calendario electoral definitivo.
La Ley Electoral también establece tres caminos para elegir candidatos: elecciones abiertas, cerradas y representativas. Todas las organizaciones políticas deben optar por una de estas opciones.
El Consejo Electoral debe certificar las elecciones. Las agrupaciones pueden pedir acompañamiento solo el día de las votaciones, o apoyo durante todo el proceso. En este último caso, deben solicitarlo con 30 días de antelación.
Fuente: El Comercio, nota original aquí: LINK.