El proyecto de Ley de Apoyo Humanitario, que envió ayer, jueves 16 de abril, el Presidente Lenín Moreno a la Asamblea, contempla una disposición para evitar que los inquilinos sean desalojados si no pagan el arriendo por la emergencia del covid-19.
Durante la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país se han registrado casos de amenazas en contra de los inquilinos por parte de los arrendadores.
Hasta el pasado 15 de abril se habían registrado 69 casos de denuncias en la Defensoría del Pueblo por intento de desalojo, la mayoría, en Guayas, Pichincha, Imbabura y Manabí.
En el artículo 8 del proyecto, se señala que las personas no podrán ser desalojadas por no pagar arriendo durante el confinamiento establecido por el Gobierno para combatir la pandemia.
Los inquilinos no podrán ser desalojados hasta 60 días después de que termine este periodo de emergencia. Además, para poder acogerse a este beneficio, los arrendatarios deben pagar por lo menos el 20% del arriendo.
El documento además dispone que las partes pueden firmar un acuerdo por escrito para aplazar más los pagos de arriendo o para establecer calendarios de pago.
En este contexto, la Defensoría del Pueblo decidió habilitar en su sitio web una sección para que la ciudadanía pueda realizar sus denuncias por esta vía.
Para que una persona pueda solicitar atención, deberá llenar un formulario en el que se debe señalar el tipo de denuncia, colocar la provincia y cantón.
La Defensoría asignará un delegado técnico para que haga el seguimiento de contacto con la persona. El técnico otorgará asesoramiento al inquilino y paralelamente, el funcionario de Defensoría tomará contacto con el arrendador.
El proceso de mediación que realiza la entidad entre las partes puede durar entre tres y cinco días. Las personas extranjeras también pueden acudir a este servicio en caso de que sean desalojadas durante la etapa de confinamiento.
La entidad ha resuelto el 70% de las denuncias a través de la mediación. Entre las soluciones pactadas se han establecido acuerdos para realizar los cobros después de que se levante el estado de emergencia, acuerdos para diferir el valor adeudado por un número determinado de meses y, en ciertos casos, se ha acordado descontar el monto de la garantía para que, después de que se retome las actividades laborales, se devuelva el dinero.
Antes del estado de emergencia, la Defensoría no receptaba este tipo de denuncias, pero debido a la crisis por la que atraviesa el país, la entidad se ha hecho cargo de estas situaciones para evitar que las personas queden desprotegidas ante un posible caso de desalojo, explicó Freddy Carrión, defensor del Pueblo.
Fuente: El Comercio-Nota Original: LINK