Con ocho votos a favor, la Comisión de Desarrollo Económico aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley de Apoyo Humanitario, que modifica sustancialmente la propuesta del Ejecutivo en cuanto a la tabla de aportaciones, el destino del fondo y compensaciones a los contribuyentes. Además, regula el teletrabajo.
Una de las principales modificaciones que aprobó fue subir de USD 500 a USD 720, el monto base del salario, sobre el cual los trabajadores con relación de dependencia, tanto del sector público como privado, deberán pagar una contribución humanitaria. Para el aporte se tomará en cuenta el ingreso neto mensual.
De manera progresiva se establece el aporte, que empieza con USD 6, por nueve meses, para aquel trabajador que gane USD 720 mensuales hasta USD 66 102 para quien que gane un sueldo superior a los $250.001 mensuales.
No se considerará para el aporte, la décima tercera ni la décima cuarta remuneraciones ni otros beneficios sociales legalmente establecidos, percibidos mensualmente, restando el aporte personal a la seguridad social.
Los empleadores actuarán como agentes de retención de esta contribución y la pagarán de forma mensual en el mes inmediato siguiente al que corresponda la remuneración.
La comisión aprobó una moción planteada por el legislador, Fernando Callejas (CREO), que la exoneración del pago de las contribuciones únicamente recaerá sobre todo el sector salud que desempeñan sus labores como personal de primera línea para atender la emergencia sanitaria derivada por el coronavirus.
También se incluyó que el valor declarado y pagado de las contribuciones establecidas en esta Ley podrá ser utilizado como crédito tributario para el pago de impuesto a la renta a partir del ejercicio fiscal 2022, del mismo contribuyente, a razón del 20% de dicho valor, en cada año.
Con ello, los legisladores no aceptaron la sugerencia del Ejecutivo que en la Ley se excluya del aporte de las contribuciones humanitarias a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y más miembros de la seguridad pública, así como el sector educación.
En torno al destino del fondo de la cuenta especial, la Comisión estableció que éstos recursos no podrán destinarse para el pago de la deuda externa; serán utilizados para enfrentar las consecuencias ocasionadas por la emergencia como programas, proyectos y actividades de salud y sustento de personas en estado de vulnerabilidad, incluyendo transferencias monetarias. Se financiarán planteas, programas y actividades cuyo objetivo sea la sostenibilidad del empleo y la reactivación productiva.
En el tema laboral, se regula el teletrabajo y se permite a los empleadores reducir la jornada laboral hasta un máximo del 50%, por caso fortuito y fuerza mayor, debidamente justificados.
El sueldo y el aporte se calculará con base a la jornada reducida. Esta reducción podrá aplicarse hasta por dos años, y podrá ser renovable por el mismo periodo por una sola vez.
También se plantean rebajas de hasta el 10% en las tarifas del consumo de energía eléctrica y se prohíbe por seis meses el incremento del costo de las tarifas; se establece la obligatoriedad de todas las instituciones del sistema financiera a reprogramar el cobro de cuotas mensuales generadas por obligación crediticia, incluidas las tarjetas de crédito, y podrán diferirse los cobros, por seis meses.
Se suspende el cobro de multas e intereses de todos los procesos de matriculación vehicular y revisión técnica; se obliga a las empresas de seguro de vida y salud a reprogramar el cobro de las alícuotas, mientras dure la emergencia.
Respecto a los arriendos, se incluyó una disposición que prohíbe el desahucio a arrendatarios hasta sesenta días después de terminada la emergencia sanitaria; además, los arrendatarios podrán acogerse a la suspensión temporal del pago de la renta, pero observando condiciones.
Si bien en el debate de la comisión, los asambleístas se pronunciaron por la eliminación de la disposición transitoria planteada por el Ejecutivo, por ser inconstitucional, relativa a la eliminación de la asignación a publicidad y promoción electoral para el proceso de elecciones del 2021; hasta anoche seguía constando en el texto del informe para primer debate.
El informe de primer debate pasará a conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional, para que éste lo ponga a consideración del pleno para el debate.
Concluido este primer debate, el texto regresará a la comisión para la elaboración del informe para el segundo y definitivo debate. El plazo para que la Asamblea se pronuncie sobre este proyecto urgente vence el próximo 16 de mayo.
Fuente: El Universo-Nota Original: LINK