Desde este 24 de septiembre hasta el 12 de octubre se desarrollará la campaña para la segunda vuelta electoral: Daniel Noboa, de la alianza ADN, y Luisa González, del movimiento Revolución Ciudadana, intentan llegar a para la Presidencia de la República y tendrán que convencer a los electores.
Los ecuatorianos volverán a las urnas el 15 de octubre de 2023. Geovanna Guano, directora de fiscalización y control del gasto electoral del CNE, explica las condiciones financieras en las que los binomios finalistas podrán gestionar poco más de USD 2 millones. La revisión de cuentas de campaña empezará 90 días después.
¿Cuál es el monto máximo que podrán gastar los candidatos?
Hablamos de USD 2.152.000 por cada binomio para esta segunda vuelta. Si una persona natural aporta para la campaña, puede hacerlo hasta el 5% de este monto; si aporta el candidato, puede ser hasta un 10% de este monto.
Pero, si el aporte es de la organización política, puede alcanzar hasta el 50% de este límite.
¿Quiénes no pueden aportar?
Las empresas privadas tienen prohibido aportar a las campañas electorales. Los únicos que pueden aportar son personas naturales y el propio candidato.
¿A eso se suma los USD 989.579 del fondo de promoción electoral?
Una cosa es el límite máximo de gasto electoral que tiene que ver con los recursos privados que los candidatos pueden recabar para sus campañas; el fondo de promoción electoral es dinero del Estado y se destina para pauta en radio, prensa, televisión y medios digitales.
¿El CNE controla el uso de recursos públicos, por ejemplo de prefecturas y municipios, en la campaña?
Si tuviéramos esa alerta y encontráramos, por ejemplo, un carro de una prefectura transportando material de campaña, podemos actuar de oficio, prácticamente. Y si tuviéramos esas evidencias, videos o fotos, se realiza un informe y se manda a Contraloría.
¿Tienen reportes?
Hasta el momento no se ha evidenciado este tema, tampoco hemos tenido denuncias.
¿Cuándo tendrán un informe sobre los gastos de esta campaña?
La normativa electoral nos dice que, 90 días posteriores al día del sufragio, los responsables del manejo económico de las campañas electorales deben entregar un expediente de cuentas de campaña con toda la documentación que soporte todos los ingresos y gastos que se han efectuado.
Es decir, facturas, comprobantes de venta, o copias de cédula de los aportantes, en caso de los aportantes.
¿Qué implicará la revisión?
En esta auditoría se hace cruce de datos, requerimientos a las entidades de control o a empresas que sean depositarias de información para poder validar nuestro análisis de cuentas de campaña.
Y de allí nosotros nos pronunciamos con los informes de cuentas de campaña. Tenemos dos años para pronunciarnos con ese informe.
¿Qué pasa con las redes sociales?
Nuestra normativa electoral no permite hacer control en redes sociales. Cualquier persona que se sienta afectada o quiere denunciar algo que tenga en redes sociales, pues, está en toda la potestad de hacer la denuncia directamente al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) con todas las pruebas, una denuncia motivada.
¿El CNE no puede actuar de oficio?
No tenemos manera de controlar: nuestra norma nos lo impide como tal y hay un pronunciamiento de la Corte Constitucional.
¿Hay forma de controlar fake news?
Si son temas a la interna como institución, el CNE sabrá pronunciarse, pero si ya son temas que se pueden ver atacados los candidatos que participan, realmente es un tema incontrolable.
Para la repetición de las elecciones de asambleístas en el exterior, ¿habrá campaña?
De acuerdo con nuestro calendario electoral, lo único que se va a repetir es el voto, no las campañas electorales.
Fuente: Primicias – Nota original: LINK