El Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) Ecuador S. A. ya está en manos del Estado tras 20 años de concesión. El proceso de transición terminó este 30 de noviembre de 2024 y con ello el Ministerio de Energía y Minas, en coordinación con otras entidades públicas, liderará la gestión estratégica de los activos y recursos hidrocarburíferos de esta empresa por un periodo de seis meses.
El viceministro de Hidrocarburos, Guilhermo Ferreira Oliveira, dijo que es un traspaso ordenado y transparente: “Vamos a honrar a todos los trabajadores, a todos los proveedores, vamos a mantener la actividad como estamos hasta sacar una próxima licitación”.
Y que de esta manera se “fortalece la soberanía energética y garantiza la continuidad de una operación eficiente, un servicio público de transporte de hidrocarburos sin costo adicional, respeto a los derechos laborales y contratos con terceros”, agregó durante la sesión del Comité de Transición.
La cartera de Estado indicó que de esta manera “el país asume una infraestructura clave para la economía nacional, abriendo oportunidades para mejorar la capacidad de transporte de crudo y fortalecer la matriz energética del país”.
En noviembre del 2023 se cumplieron 20 años desde que la empresa OCP empezó a operar el Oleoducto de Crudos Pesados, dentro de la concesión que dio el Estado a un consorcio de empresas petroleras. El contrato establecía que la empresa debía construir un oleoducto y operarlo por esos 20 años, en los cuales debía recuperar su inversión y tener también una ganancia. Transcurrido ese tiempo la infraestructura debe retornar al Estado.
La concesión inicial con la transnacional venció el 20 de enero de 2024, pero se dieron varias prórrogas hasta que finalmente el 25 de octubre pasado el Ministerio de Energía notificó a la empresa OCP Ecuador la terminación del contrato, y con ello continuó el proceso de transición para la transferencia de la infraestructura al Estado hasta el 30 de noviembre del 2024.
La decisión de cerrar la mesa de negociación se tomó “por corresponder así a los intereses del Estado”, indicó entonces el ministerio que apeló al cumplimiento con las cláusulas 12.1 y 14.2 del contrato.
- La cláusula 12.1. se refiere a la transferencia al Estado: a la fecha de terminación del contrato, la compañía matriz o sus sucesores transferirán y entregarán al Estado la totalidad de las acciones emitidas por la compañía, sin costo alguno para el Estado. Esta transferencia no está sujeta a impuesto o costo alguno a cargo de la compañía o la matriz como cedente ni del Estado como cesionario. La transferencia de las acciones y bienes de la compañía, del oleoducto y de los demás bienes afectos a este se hará libre de gravámenes, excepto los comprendidos en los pasivos transferibles.
- La cláusula 14.2. contempla la terminación automática: el contrato terminará a la expiración del plazo previsto.
Actualmente, por las tuberías del OCP se transporta un promedio de 200.000 barriles por día, según cifras de la empresa.
Fuente: El Universo – Nota original