El 12 de mayo, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana por las afectaciones del terremoto, que contempla un paquete de medidas tributarias que apunta a un alza temporal de impuestos para financiar la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto de 7,8 que azotó el país el pasado 16 de abril y que dejó más de 600 muertos.
IVA AL 14%
Una de las reformas que más ha llamado la atención de los ciudadanos es el alza de dos puntos porcentuales por un año del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 14 por ciento; sin embargo, hasta que dicho incremento entre en vigencia, aún se debe esperar el veto o aprobación del Ejecutivo.
Según un reporte presentado por la Corporación de Estudios para el Desarrollo (Cordes), basado en información del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), desde el 1 de junio próximo, el 47% de los productos que son parte del gasto de un hogar ecuatoriano común tendrían un incremento de precios por el alza del IVA.
En lo que tiene que ver con el precio de los combustibles, no se elevará el IVA, con el objetivo de que no exista incremento en otros productos.
DINERO ELECTRÓNICO
Otra de las novedades que tiene la nueva normativa es el cobro de 10 % del Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando se utilice dinero electrónico.
¿Cómo abrir una cuenta de dinero electrónico?
Podrá abrir una cuenta desde cualquier teléfono celular sin necesidad de internet. Debe marcar el número *153# y automáticamente recibirá un mensaje que le pedirá su número de cédula, luego la confirmación de sus nombres completos, y también le pedirá que ingrese la fecha de su nacimiento y otros datos personales.
Con esto, usted ya tiene creada su cuenta de dinero electrónico, que luego deberá recargar para contar con saldo. Posteriormente debe acercarse a un Centro de Transacción y hacer la recarga por el monto que desee. Para ello deberá entregar su número de cédula, número de monedero (cuenta) y cuánto desea recargar. Posteriormente le llegará un mensaje de confirmación.
El dinero electrónico también sirve para el pago de impuestos en el SRI, como cuotas del RISE, declaraciones y matriculación vehicular. Desde el 6 de mayo, el BCE permite el envío de remesas desde el exterior con este mecanismo.
CONTRIBUCIÓN DEL SALARIO
De acuerdo a Ley aprobada, si un empleado percibe una remuneración de $ 1.000 a $ 2.000 debería aportar entre $ 33 y $ 67 por un mes; pero si gana más de $ 20.000 podrían tener que contribuir desde $5.335 hasta $ 55.309 en total por ocho meses. A continuación, se explica cuál sería la contribución de acuerdo a su sueldo:
SUELDO MÍNIMO MÁXIMO NÚMERO DE DÍAS
Entre 1000 y 2000 $ 33 $ 67 1
Entre 2000 y 3000 $ 67 $ 100 2
Entre 3000 y 4000 $ 100 $ 133 3
Entre 4000 y 5000 $ 133 $ 167 4
Entre 5000 y 7 500 $ 167 $ 250 5
Entre 7500 y 12 000 $ 250 $ 400 6
Entre 12 000 y 20 000 $ 400 $ 664 7
Entre 20 000 $ 667 $ 6914 8
PATRIMONIO INDIVIDUAL O MAYOR A UN MILLÓN DE DÓLARES
- Las personas naturales que al 1 de enero de 2016 posean un patrimonio individual igual o mayor a un millón de dólares, pagarán la contribución del 0,90 %. Si estos se encuentran domiciliados en paraísos fiscales se estableció, por una sola vez, la contribución solidaria del 1,8 % del avalúo catastral del año 2016.
- En el proyecto también se establece que las sociedades que realicen actividades económicas y que paguen Impuesto a la Renta, pagarán una contribución del 3 % a sus utilidades que se calculará teniendo como referencia la base imponible de 2015.
INCENTIVOS PARA LAS ZONAS AFECTADAS
- Se mantiene la exoneración del pago del impuesto a la salida de divisas (ISD) y aranceles aduaneros a las importaciones que se realicen a favor de los contribuyentes que sufrieron afectaciones económicas directas como consecuencia del sismo.
- Se incrementa al período la exención del pago del impuesto al RISE establecido hasta diciembre de este año, un descuento del 50 % del pago de las cuotas del RISE durante el 2017.
- También se dispone la remisión del 100 % de intereses, multas y recargos derivados de toda obligación tributaria y fiscal que se encuentre vencida hasta la fecha en la que entre en vigencia la ley, para los afectados directos.
- Se asumieron las propuestas de reformar la Ley de Régimen Único de Contribuyentes, para que se permita conocer cuando se utilizan empresas en paraísos fiscales para evadir y hacer fraude tributario. Además, las sociedades extranjeras domiciliadas en paraísos fiscales o cualquier otra jurisdicción, que poseen bienes inmuebles en Ecuador con anterioridad a la vigencia de la ley, deberán cumplir la obligación de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes en máximo 90 días a partir de la publicación de la norma.
- Los municipios iniciarán de forma inmediata los procedimientos para la regularización de asentamientos humanos de interés social en las zonas afectadas por el terremoto.