El documento firmado por el titular de la Cartera, Raúl Vallejo precisa cómo se realizará el proceso que, en primera instancia, será publicado en las páginas web tanto de la CCE como del MCYP.
La elección de Presidente de la Sede Nacional y miembros de los Directorios de las diferentes sedes será universal y secreta. Estarán facultados para ejercer el voto, los miembros de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión y los ciudadanos que se hayan inscrito en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales, (RUAC) hasta el 21 de marzo de 2017, fecha establecida para poder cumplir con el calendario y elaboración de padrones.
Según con el Capítulo III, acerca de las condiciones de elegibilidad en los cargos descritos, se precisa que es necesario que los interesados sean miembros de la CCE al menos dos años previos a la convocatoria; o que se encuentren inscritos en el RUAC y cuenten con al menos cinco años de experiencia en la creación o producción artística o literaria; además de otras exigencias específicas como no haber sido cesado en un cargo público (por calificación deficiente o medida disciplinaria; salvo cinco años después desde la fecha de expiración de funciones); no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones de cargos públicos, ni hallarse llamado a juicio penal y no adeudar más de dos pensiones alimenticias.
Las candidaturas serán presentadas en listas para todas las dignidades y contarán con su respectivo suplente. Las listas tendrán que estar estructuradas cumpliendo los criterios de igualdad y paridad de género y buscando un criterio de relevo institucional. Una vez superada la etapa de impugnaciones, cada Junta Electoral Provincial, publicará la lista definitiva de las listas. Estas Juntas, de acuerdo el reglamento, serán conformadas por tres miembros; al menos uno debe ser un ciudadano inscrito en el RUAC que no sea miembro de la CCE.
En otro punto y, de acuerdo al calendario electoral, hasta el 3 de marzo deberá haberse conformado el Núcleo Provisional de Pichincha. Cabe recordar que este es un organismo totalmente nuevo, por lo que en la Disposición General Primera del reglamento se establece lo siguiente: “por encontrarse en proceso de transformación institucional, para efectos de esta elección los miembros de la Matriz de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión, más los ciudadanos inscritos en el RUAC en la provincia de Pichincha, conformarán la Asamblea Provincial de Pichincha que elegirá las autoridades del núcleo de la Provincia”. Es responsabilidad del actual directorio de la Matriz, nombrar á la junta electoral ad hoc.
Cabe precisar que conforme lo establece la Ley Orgánica de Cultura, las Asambleas Provinciales eligen a los Directores Provinciales y a los dos representantes de los actores y gestores culturales al Directorio Provincial; mientras que la Junta Plenaria, conformada por los Directores Provinciales, el Presidente de la Sede Nacional y el Ministro de Cultura y Patrimonio o su delegado, elige al Presidente de la Sede Nacional.
El acuerdo expedido por el MCYP se fundamenta en las disposiciones de la Transitoria Décimo Tercera de la Ley Orgánica de Cultura, donde se señala que el procedimiento para la convocatoria y elección de las autoridades de las instituciones u organismos del Sistema Nacional de Cultura, cuya estructura ha sido modificada o creada a partir de la emisión de la Ley, se determinará, por esta única vez, en la normativa que defina el Ente Rector de la Cultura.
Calendario Electoral:
21 marzo: Fecha límite para que los inscritos en el RUAC consten en el padrón electoral.
27 marzo: Entrega de información del RUAC por parte del Ministerio de Cultura y Patrimonio a la Casa de la Cultura Ecuatoriana.
30 marzo: Inscripción de listas de candidaturas por provincias
7 de abril. Publicación de candidaturas posterior a la fase de reclamos
14 de abril: Elecciones Asambleas Provinciales
28 de abril: Sesión de la Junta Plenaria para elegir presidente de la Casa de la Cultura Nacional.