La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) expidió un reglamento para limitar la movilización en moto a una sola persona en todo el Ecuador. En Notimundo Estelar, Adrián Castro, director de institución, precisó que las excepciones son en caso de: conyugues o convivientes en unión de hecho; hijos o hermanos; personas con discapacidad; adultos mayores; menores de 12 años acompañados de una persona adulta y mujeres. Explicó que estas exclusiones se establecieron de acuerdo a un informe de la Policía Nacional sobre los parámetros en los que se cometen asaltos al estilo sicariato.

Créditos: El Universo

El director de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Adrián Castro, detalló que, durante este 2022, se han contabilizado cerca de 220 muertes violentas, perpetradas bajo la modalidad de dos personas en una motocicleta. Agregó que, en lo que va del año se registran 6 200 delitos cometidos de esta forma, en Guayaquil más del 60% y en Quito hay un promedio de tres crímenes de este modo.

Indicó que el Artículo 3 del estatuto, permite a los alcaldes desarrollar una normativa complementaria en donde se establezcan nuevas excepciones o modificar horarios. Señaló que los municipios, la Policía Nacional y la Comisión de Tránsito del Ecuador, tienen la potestad de realizar controles de tránsito. “Los reglamentos se construyen como limitantes a los actos y a los hechos de la sociedad”, manifestó.

Castro detalló que “en la Ley está establecida una sanción de 15% de un salario básico unificado a la persona que comete este tipo de contravención”. Además, reveló que exhortaron a la Asamblea Nacional a que recategorice las contravenciones de tránsito. Recordó que el objetivo de esta medida es reducir los crímenes que se están cometiendo en el país.

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