También se determina que este procederá, pero en caso de sentencia condenatoria ejecutoriada, en procesos por cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito, delincuencia organizada y testaferrismo.
El proyecto recoge catorce propuestas presentadas por legisladores durante 2017 y 2018 y reforma cinco leyes.Otro de los puntos de la iniciativa tiene relación con la eliminación del requisito de un informe previo de la Contraloría para iniciar la indagación fiscal en casos de cohecho, enriquecimiento ilícito, concusión y peculado; en cambio, según lo aprobado por la comisión, este informe será necesario en el momento de la acusación.
Si hasta la conclusión de la etapa de instrucción no se tiene el informe, se darán al contralor 60 días para su emisión.