Con este fin, a inicios de enero pasado, la Procuraduría General del Estado (PGE) solicitó al Tribunal de Ejecución del caso radicado en Pichincha que inicie a la “ejecución forzosa y embargo de los bienes” a nombre de los condenados. Por el momento, la PGE obtuvo de Inmobiliar, instancia pública encargada de administrar bienes relacionados con procesos judiciales, información de al menos 20 bienes, entre viviendas, oficinas y automóviles de propiedad de los procesados.
En providencia del 29 de diciembre pasado, que es parte del expediente, se habla de que de la revisión del proceso se constata que el 2 de julio de 2019 el Tribunal dispuso un mandamiento de ejecución en el que se explicaba que “se dispone la ejecución de la sentencia en el presente proceso” y daba para el pago de los valores definidos en el fallo el término de cinco días.
En el documento del 2019 se aclaraba que si no se cancela, “se procederá a la ejecución forzosa” y de ser necesario se “contará con un perito liquidador autorizado por el Consejo de la Judicatura”.
Con esa referencia de ejecución, al ver como necesario el establecer si los sentenciados han cumplido el mandamiento de ejecución de julio de 2019 y a fin de garantizar el debido proceso, seguridad jurídica y derecho a la defensa, se dispuso el 29 de diciembre último que se siente la razón correspondiente de si los sentenciados dieron cumplimiento a lo dispuesto en el término de cinco días.
El 3 de febrero pasado, al expediente se sumó un documento emitido por Daniel Tufiño, juez ponente de la causa por cohecho, en el que certifica que una vez revisados los recaudos procesales se observa que no consta documento del cual se pueda evidenciar que alguno de los sentenciados haya cumplido en el término de cinco días con el mandamiento de ejecución dispuesto en julio de 2019.
Esto significa que ninguno de los trece condenados ha cancelado los $ 37,7 millones que deberán pagar a prorrata, diferenciándose entre autores y cómplices, así como tampoco ninguno ha cancelado la suma de $ 12,6 millones que están obligados a reparar a la EP Petroecuador. De ese no pago se deja constancia en el expediente para los fines legales pertinentes, señala el documento.
Durante la audiencia de juicio que culminó la noche del 15 de febrero de 2017, el fiscal Carlos Zúñiga indicó al Tribunal de Juzgamiento, integrado por los jueces Daniel Tufiño (ponente), Olga Ruiz y Luis Manosalvas, que el cohecho se cometió entre 2012 y 2016, cuando Carlos Pareja Yannuzzelli, Álex Bravo, Arturo Escobar y Paquita De Mora, aprovechándose de sus cargos como funcionarios públicos, recibieron y entregaron “transferencias indebidas” de dinero a cambio de contratos en la rehabilitación de la refinería de Esmeraldas.
Según la teoría fiscal, para concretar esas transferencias se crearon en Panamá las empresas off shore Girbra de Bravo, Escart de Escobar y Capaya de Pareja Yannuzzelli. Una vez constituidas, explicó Fiscalía, mediante cuentas abiertas en bancos de Panamá, las off shore empezaron a recibir y enviar transferencias económicas relacionadas con los hechos investigados.
La Procuraduría cree que existe un aproximado de $ 4 millones congelados en cuentas en Panamá, los cuales estarían relacionados con esta causa y que deben ser recuperados y repatriados.
Ante ello, la PGE solicitó al Tribunal de Ejecución que oficie a la presidencia de la CNJ para que esta ejerza como autoridad central de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción en el país, y así a través de asistencia judicial recíproca envíe al fiscal de Asuntos Internacionales de Panamá, José Antonio Candanedo, copias certificadas de las sentencias condenatorias dictadas en este caso.
En el 2017, investigaciones de la Fiscalía determinaron que entre el 2012 y el 2016, en este caso, se generaron 17 contratos principales y 18 complementarios que superan los $ 258 millones dentro del programa de rehabilitación de la refinería de Esmeraldas.
Miguel Revelo, abogado de Pareja Yannuzzelli, asegura que no es verdad que su cliente fue el hombre que manejó el tema de la repotenciación de la refinería, sino que más bien fue tomado en este y otros casos como un “chivo expiatorio”. Parte de esa idea para aclarar que el exfuncionario petrolero no tiene recursos ni para pagar a su defensa y peor para cancelar sentencias que califica de políticas.
El abogado refiere que los bienes que mantenía su defendido en el país ya fueron secuestrados y las cuentas bloqueadas. Lo que sí reconoce es que en una cuenta en la empresa Capaya, la cual fue creada por su cliente en Panamá, existen $ 240.000, que no son de Pareja Yannuzzelli, sino de Álex Bravo y la empresa Azul, que serían quienes hicieron las transferencias a la cuenta de Capaya.
El lunes 25 de enero último, Pareja Yannuzzelli recibió lo que para él sería la sexta sentencia condenatoria por un acto de corrupción. Él, el exvicepresidente Jorge Glas, el exministro Wilson Pástor y César Guerra recibieron una pena de ocho años de cárcel en calidad de coautores por el delito de peculado que habría ocurrido en la concesión del campo petrolero Singue.
En el denominado caso Singue, las siete personas encontradas culpables como coautores y cómplices deberán pagar $ 5 millones que serían el perjuicio ocasionado al Estado.
Nota Original: El Universo – LINK