Esto porque el Tribunal Penal de la CNJ declaró improcedente el recurso de casación solicitado por defensa de los sentenciados, con lo que queda ratificado el fallo de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura, que en segunda instancia ratificó la pena de un año de prisión para los cinco gendarmes.
La audiencia de casación, declarada reservada, se realizó la mañana de este 22 de julio, en la CNJ, ante el juez ponente Marco Maldonado.
A los policías se les imputó el delito de paralización de servicios públicos, por el cierre de vías y quema de llantas frente a la Subjefatura de Policía de Otavalo, el momento en que se plegaron a las protestas de la Policía Nacional, el 30 de septiembre del 2010.
Su responsabilidad quedó demostrada por parte de la Fiscalía General del Estado con pruebas como los testimonios de periodistas que realizaron la cobertura noticiosa del hecho, además de las pericias de audio, video y de identidad humana con las que se individualizó a cada responsable de estos actos.
Este delito se sanciona con privación de libertad de 1 a 3 años, según el Código Penal anterior, en su artículo 158, norma vigente a la fecha de los sucesos.
La casación es un recurso extraordinario que tiene como objetivo anular una sentencia, por errónea interpretación o indebida aplicación de la ley por parte del juzgador.