La Carta Magna no especifica quién debe declarar la ausencia definitiva. Y por eso ayer (26 de diciembre del 2017) se ensayaron varios escenarios en el Legislativo. Una corriente de legisladores sostiene que la Corte Constitucional (CC) debería certificar que Glas ha sobrepasado el plazo legal.
Él se encuentra detenido desde el 2 de octubre. El legislador Patricio Donoso (Creo) dijo que la Corte Constitucional podría pedir a la Vicepresidencia el detalle de los días de ausencia y, con base en esa información, enviar la certificación del abandono del cargo. Así, cumplido ese trámite, se podría habilitar al presidente de la República, Lenín Moreno, para que envíe una terna con los nombres que podrían reemplazar a Glas.
Donoso se ampara en el artículo 145 de la Constitución, donde se señala la necesidad de que la Corte se pronuncie. Y que luego la Asamblea Nacional ratifique el abandono con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes. Pero ese artículo de la Constitución solo se refiere al caso del Presidente de la República, no de un Vicepresidente. Tampoco existe un precedente similar judicial para establecer el procedimiento a seguir.
Wilma Andrade, integrante de la Bancada de Integración Nacional (BIN), advierte que se podría acudir al artículo 149 del mismo cuerpo legal, donde existe un acápite en el que se explica que quien ejerza la Vicepresidencia cumplirá los mismos requisitos, estará sujeto a las mismas inhabilidades y prohibiciones establecidas para el Presidente de la República.