Este es un requisito previo que debe cumplirse para que se pueda tratar en esa comisión el pedido de destitución en contra de Sánchez, presentado por la concejal independiente Ivone Von Lippke.
La Comisión de Mesa es el principal organismo del Concejo. Allí, al inicio de cada periodo legislativo, se estructuran las comisiones y también es el espacio en el que se resuelven pedidos de destitución o revocatoria del mandato, por ejemplo. Esa comisión está integrada por el alcalde Mauricio Rodas, el vicealcalde Eduardo del Pozo (Creo) y los concejales Eddy Sánchez y Pedro Freire (Vive).
Pero al tratarse de un pedido en contra de un edil que forma parte de esa comisión, el Concejo debe elegir entre el resto de sus miembros a una persona que lo reemplace. La solicitud de Von Lippke se basa en que Sánchez se habría ausentado de manera injustificada por más de tres días en el Concejo, sin haber cumplido con la principalización de su concejal alterno. Según la denuncia de Von Lippke, Sánchez habría faltado durante nueve días sin una justificación.
La concejala se basa en lo que dispone el artículo 334 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), que recoge las causales para remover a concejales y otras autoridades locales como consejeros o vocales de las juntas parroquiales. Una de ellas es la inasistencia infustificada a tres sesiones consecutivas válidamente convocadas.
Además, señala que se aplicará la misma sanción si se incumple con lo dispuesto en el artículo previo, que se aplica al Ejecutivo (es decir, al Prefecto, Alcalde o presidente de la Junta Parroquial). Allí consta como causal «ausentarse del cargo por más de tres días hábiles sin haberlo encargado a quien lo subrogue legalmente y sin causa justificada».
El 10 de octubre pasado, Sánchez solicitó a la Dirección Metropolitana de Recursos Humanos un certificado sobre los trámites que él realizó para solicitar vacaciones. Según el documento, hubo cambios en las fechas de vacaciones solicitadas por Sánchez. Con fecha 12 de octubre, la titular de esa dirección, Sandra Páez, respondió que Sánchez solicitó ausentarse del lugar de trabajo entre el 28 de junio y el 6 de julio.
Luego señala que Sánchez informó a la Secretaría del Concejo el 2 de julio que estaba de vacaciones, para que se convoque a Alicia Ledesma para ocupar su lugar, como subrrogante. Luego, la Secretaría informa a Ledesma que Sánchez estaría de vacaciones hasta el 27 de agosto.
En el siguiente punto, el certificado señala que el concejal Sáhchez se reintegraría a sus labores el 24 de julio y se sustituyó la acción de personal que extendía el descanso hasta agosto por una nueva, con fecha final para el 23 de julio. Los concejales se deben a la Ley Orgánica de Servicio Público, dice Sánchez.
Cuando un concejal hace una acción administrativa, como la solicitud de vacaciones, debe hacerlo a la Dirección de Talento Humano del Municipio y no a la Secretaría del Concejo, porque esta última instancia no otorga permisos, agrega.
Fuente: El Comercio – nota original: LINK