Los cambios al Código Integral Penal (COIP) abrieron otra vía por la que los procesados pueden colaborar con la justicia.

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José Santos rinde su testimonio desde el consulado de Ecuador en Sao Paulo. Crédito: El Telégrafo

Una vez que entren en vigencia los cambios, los fiscales podrán firmar acuerdos de cooperación eficaz a cambio de que un sospechoso entregue información que ayude a ubicar capitales o bienes producto de actividades ilícitas.

Actualmente, esta figura se aplica en tres casos: para esclarecer un hecho delictivo, para identificar a los responsables o el cabecilla de una estructura ilegal y para prevenir que se cometa un delito.

Para el penalista y docente universitario, Pablo Encalada, la posibilidad de recurrir a la cooperación eficaz para identificar fondos ilegales es beneficiosa.

“Es bueno si la Fiscalía usa con inteligencia esta herramienta y la enfoca en la lucha en contra de la corrupción y la delincuencia organizada”.

El jurista advierte que se debe vigilar su aplicación. “Supongamos que una persona comete un delito como peculado y además sabe dónde tiene el dinero, entonces dice: Les voy a revelar que los fondos están en tal parte.

Con eso se beneficia (porque solo estaría poco tiempo en la cárcel)”. En este momento, el beneficio que la ley otorga al cooperador es la reducción de la sentencia.

Es decir, si su testimonio permite procesar a la cúpula de la organización delictiva el delator solo cumple con el 10% o con el 20% de la condena. Así lo establece el artículo 493 del COIP. Miguel Revelo es abogado del exministro de Hidrocarburos y exgerente de Petroecuador Carlos Pareja Yannuzzelli.

En su caso, el defensor explica que desde noviembre del 2017 su cliente ha proporcionado información a los investigadores, documentos y números de cuentas bancarias de entidades financieras en el extranjero, que pertenecerían a exfuncionarios del Gobierno pasado.

Fuente: El Comercio, nota original: LINK