La resolución se tomó este jueves 17 con cinco votos a favor. Esto, a una semana de que el Pleno determinara que estos proyectos deben seguir su trámite ordinario en la Asamblea y no dio paso a una consulta interpretativa a la Corte Constitucional sugerida por la segunda vicepresidenta, Yeseña Guamaní (ID).
Las propuestas para derogar la Ley de la reforma tributaria fueron presentadas, por separado, por asambleístas del correísmo y del ala radical de Pachakutik. Y deberán ser procesadas por la Comisión de Desarrollo Económico.
Para ello, se basan en el último inciso del artículo 140 de la Constitución: “Cuando en el plazo señalado la Asamblea no apruebe, modifique o niegue el proyecto calificado de urgente en materia económica, la Presidenta o Presidente de la República lo promulgará como decreto-ley y ordenará su publicación en el Registro Oficial. La Asamblea Nacional podrá en cualquier tiempo modificarla o derogarla, con sujeción al trámite ordinario previsto en la Constitución”.
En el trámite de este proyecto, la Asamblea no consiguió los 70 votos para aprobar o negar la Ley de Desarrollo Económico, el primer proyecto económico-urgente impulsado por el presidente Guillermo Lasso.
Fuente: El Comercio – Nota original: LINK