La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano en la violación de los derechos a la propiedad colectiva, la libre determinación, la vida digna, la salud, la alimentación, la identidad cultural, el ambiente sano, la vivienda, las garantías judiciales y la protección judicial en perjuicio de los pueblos en aislamiento voluntario (PIAV) Tagaeri y Taromenane y otros que habitan la Amazonía ecuatoriana.
La Corte IDH este 13 de marzo de 2025, también señaló la responsabilidad del Estado en la violación de los derechos a la integridad y libertad personal, la honra, la dignidad, la protección de la familia, de la niñez, de la identidad, de circulación y residencia, de identidad cultural, de salud y a las garantías judiciales de las dos niñas pertenecientes a estos pueblos.
El principio de análisis que la Corte IDH utilizó fue el de no contacto que debería ser la guía de las acciones estatales. En ese sentido, se evaluó si existieron las precauciones necesarias para evitar el contacto con los PIAV y que se vulnere su derecho a vivir en aislamiento.
En 1999, Ecuador determinó la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) como un espacio en el que no se puede realizar actividad extractiva, pero la zona no fue delimitada hasta el 2007 cuando se dispuso, además exista una zona de amortiguamiento de 10 kilómetros circundante a la ZITT, donde tampoco se pueden realizar actividades extractivas.
Las controversias surgieron porque el ZITT está en una zona de riqueza petrolera. Alrededor de ella están los bloques 31 y 43 y el Campo Armadillo. En 2007, lo bloques 31 y 43 fueron declarados de interés nacional y el primero fue asignado a una empresa pública. Para 2023, a través de una Consulta Popular, se determinó que el crudo del bloque 43 permaneciera bajo tierra. En cambio, en el Campo Armadillo una empresa privada consideró que se les debía permitir extraer petróleo porque no está dentro del ZITT a pesar de que existen evidencias de presencia de PIAV.
Otro de los focos de análisis de la Corte IDH fueron tres hechos violentos que se dieron en 2003, 2006 y 2013 en los que hubo ataques a los PIAV por parte de otros pueblos indígenas y terceros. Específicamente, en el conflicto de 2013, dos hermanas de 6 y 2 años fueron extraídas y llevadas a la comunidad Waorani y en lo posterior fueron separadas una de la otra. Una de ellas resultó embarazada, y por ello, se produjeron tensiones entre los funcionarios estatales que estaban a cargo de su atención, sus representantes y la niña.
En base a estos hechos la Corte IDH consideró que hubo falta de diligencia del Estado en la delimitación de ZITT, se subrayó la necesidad de contar con mecanismos que permitan confirmar la ampliación de la ZITT para que se acoplen a la movilidad de los PIAV. Así, también se señaló que no se protegió la intangibilidad de la ZITT y el asilamiento, por lo que se constituye una violación a la vida digna, la salud, alimentación, identidad cultural, ambiente sano y vivienda.
El Estado permitió que las niñas fueran separadas y que fueran puestas a cuidado de los atacantes, y el embarazo no fue atendido de forma aceptable porque no se tomó en cuenta la voluntad de la menor a la hora de aplicar tratamientos y exámenes médicos.
La violación al derecho a las garantías judiciales y protección judicial fue reconocida por el Estado por la falta de investigación a los hechos suscitados en 2003 y 2006. La Corte IDH consideró que los recursos existentes para la protección de los PIAV son poco claros y efectivos para delimitar y proteger los territorios.
Posteriormente, la Corte IDH ordenó que se tomen medidas de reparación por las violaciones a los derechos humanos de los Tagaeri y Taromenane y otros PIAV de la Amazonía ecuatoriana, así como a las niñas víctimas para evitar que estos hechos se repitan.
Fuente: El Universo – Nota original