El calendario y el presupuesto para la elección de vocales de la Junta Parroquial de Calacalí, en Quito, fueron aprobados el 21 de abril del 2023 por el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE). La consejera Elena Nájera no participó de la sesión, pero señala supuestas irregularidades.

El Pleno sesionó de forma telemática la noche del viernes 22 de abril. El secretario general del CNE, Santiago Vallejo, constató el cuórum y la ausencia de Nájera. El funcionario manifestó que la consejera tenía problemas técnicos y solicitó que se le atienda. La presidenta del CNE, Diana Atamaint, dispuso que se tome votación para la aprobación del punto 2 del orden de la sesión.

Con tres votos a favor y una abstención se aprobó el plan operativo, calendario, presupuesto, matriz de riesgos y contingencia, directrices, y matriz de talento humano para las nuevas elecciones.

Nájera denunció este 22 de abril que censuraron su voz en la sesión. En un memorando dirigido a Atamaint dijo que se trató de un “nuevo boicot deliberado”. Ante la duda de que se pudo generar un posible acto doloso al no permitirle conectarse a la sesión, solicitó que cuatro funcionarios sean sometidos a la prueba del polígrafo y se investigue el incidente.

En el memorando la consejera expuso las observaciones que iba a motivar en la sesión. Planteaba que, al tratarse de varios documentos, aunque están ligados unos con otros, debían ser aprobados de manera individual. “No se debe obligar a este cuerpo colegiado a votar en paquete”.

El vicepresidente Enrique Pita dijo en la sesión que ya no cabía conversar sobre alternativas respecto a los proyectos porque los plazos precluyeron. Votó en abstención porque sus observaciones no fueron acogidas y tampoco estuvo de acuerdo con que varios proyectos se aprueben o desaprueben con una sola votación. Aunque aclaró su apoyo a la aprobación del cronograma porque si cumple con la ley.

Extensión del calendario

Las actividades aprobadas tendrán vigencia desde mayo hasta diciembre. El 27 de abril inicia la recepción de solicitudes para la realización de procesos de democracia interna, el sufragio será el 8 de octubre y el 7 de diciembre la posesión de autoridades.

Pero para Nájera hay “una clara intencionalidad política de blindarse ante un posible juicio político” y se incumple con la disposición de la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral, de que se elabore un calendario electoral que reduzca en “lo máximo posible” los plazos establecidos para el proceso electoral.

Citó el artículo 325 del Código de la Democracia. Esa norma establece que “las alianzas deberán ser registradas en el CNE y sus delegaciones provinciales hasta 15 días antes del inicio del período de inscripción de candidaturas”. En el calendario consta que esta etapa se realizará desde el 26 de abril hasta el 14 de mayo.

Es decir, ese registro debe realizarse dentro de 15 días, pero en el calendario esa etapa suma 19 días, según interpreta el Despacho de la consejera.

Respecto al Informe de directrices para la elección, Nájera alertaba que las organizaciones políticas no tendrán prueba alguna para ejercer su derecho a realizar objeciones, reclamaciones e impugnaciones. Esto porque en ese documento se establece que los miembros de las Juntas Receptoras del Voto solo deberán llenar las Actas de Escrutinio de Transmisión (T1) y no el Acta de Escrutinio de Transmisión (T2).

Fuente: Nota original El Comercio: LINK