De conformidad con el Art. 166 de la Constitución, el presidente de la República, Rafael Correa, notificó a la Asamblea Nacional la renovación de la declaratoria del estado de excepción en las provincias de Manabí y Esmeraldas por los efectos adversos del desastre natural ocurrido el 16 de abril de 2016.

Asamblea

El decreto dispone la movilización en todo el territorio nacional hacia las referidas provincias; de tal manera que todas las entidades de la Administración Pública Central e Institucional, en especial las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional y los gobiernos autónomos descentralizados de las poblaciones afectadas deberán coordinar esfuerzos con el fin de ejecutar las acciones necesarias e indispensables para mitigar y prevenir los riesgos, así como enfrentar, recuperar y mejorar las condiciones adversas, que provocaron los eventos telúricos del 16 de abril y sus réplicas.

También suspender el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio y de libre tránsito de los afectados por el terremoto en Manabí y Esmeraldas, por cuanto algunos ciudadanos pretenden retornar a sus hogares situados en inmuebles que precisamente constituyen un riesgo para su vida e integridad física. El Ministerio de Coordinación de Seguridad determinará la forma de aplicar esta medida para conseguir la finalidad señalada.

Además dispone las requisiciones a las que haya lugar para solventar las emergencia producida. El Ministerio de Finanzas situará los recursos suficientes para atender la situación de excepción.

Esta renovación del estado de excepción regirá durante treinta días (30) y el ámbito de aplicación es en las provincias indicadas.